MÉRIDA 28 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la sentencia del cobro de sexenios por los interinos extremeños y, "por extensión, a todo interino del Estado que los solicite", según ha informado el sindicato PIDE.
Según ha recordado en nota de prensa, PIDE ganó la primera sentencia estimada del cobro de sexenios a interinos en el Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Mérida (Badajoz) el 1 de julio del 2011.
Dicha sentencia fue recurrida ante el Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso-Administrativo, sección séptima de Madrid, por el Gobierno de Extremadura, que "se negaba al pago de la misma y al de los docentes interinos que solicitaron su extensión".
Una apelación que ha sido desestimada por el Tribunal Supremo el día 22 de noviembre de 2012, "ratificando lo conseguido por el Sindicato PIDE en sus sentencias ganadas hasta ahora, y no sólo a reconocer el complemento de formación permanente (sexenios) a los interinos docentes extremeños, sino también a nivel nacional".
De esta manera, PIDE muestra su satisfacción ante esta sentencia, ya que pone "punto final a la negación de derechos económicos y abre la puerta que nunca debió cerrarse para los docentes que no tienen plaza fija como funcionarios de carrera".
La sentencia, según sostiene PIDE, "obliga" al Gobierno de Extremadura a pagar con carácter retroactivo los sexenios a los más de 300 interinos de PIDE que han reclamado la extensión de sentencia en el juzgado de lo contencioso-administrativo nº 1 de Mérida y "a todos aquellos" docentes interinos de Extremadura que lo reclamen a partir de ahora, "condenando a la Junta de Extremadura a pagar las costas correspondientes a cada sentencia".
Razón por la que el sindicato insta al Ejecutivo regional a que "inmediatamente regularice y pague de oficio" dicho complemento en los nóminas de los docentes interinos de Extremadura, según ha recalcado PIDE en la nota de prensa.
Además, según resalta el sindicato, la sentencia "sienta jurisprudencia a nivel nacional" para las demás comunidades, que "ya no podrán presentar recurso de casación al Tribunal Supremo, donde cualquier interino que gane una sentencia en lo contencioso-administrativo podrá cobrar los sexenios a los que tenga derecho con una retroactividad de 5 años, pudiendo solicitar el resto de interinos de la región la extensión de dicha sentencia en las mismas condiciones".