El Gobierno recurre ante el Constitucional el apartado de la Ley de Vivienda que blindaba núcleos afectados por deslindes

Actualizado: viernes, 17 abril 2009 18:21

SANTIAGO DE COMPOSTELA 17 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno central interpondrá un recurso de inconstitucionalidad contra el apartado de la Ley de Vivenda de Galicia que legalizaba algunos núcleos de población situados en la franja litoral y que estaban afectados por el deslinde de la Ley de Costas, que establece una zona de servidumbre de 100 metros.

El Consejo de Ministros acordó hoy solicitar al presidente del Gobierno la interposición de este recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) contra la Disposición Adicional Segunda de la ley de Vivienda, aprobada por el Parlamento gallego el pasado mes de diciembre, y mediante la cual se pretendía blindar frente a los deslindes del Ministerio de Medio Ambiente a núcleos del litoral que se habían construido antes de 1988 en terrenos catalogados como suelo urbano.

El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero entiende que la solución que se buscó en Galicia para los enclaves consolidados que estaban en pie antes de 1988 "contraviene lo establecido por la Ley de Costas" acerca de la zona de servidumbre de protección aplicable a los núcleos rurales del litoral que existían antes de la entrada en vigor de la ley estatal.

La Ley de Costas prevé, con carácter general, que la servidumbre de protección tenga una anchura de cien metros desde el límite del litoral y sólo permite, de forma excepcional, que tenga una anchura de veinte metros en terrenos que ya estuvieran clasificados como suelo urbano cuando, el 29 de julio de 1988, entró en vigor la normativa estatal.

El Estado interpreta que la solución pactada en Galicia por los tres grupos parlamentarios --PPdeG, PSdeG, y BNG-- para evitar expropiaciones en algunos enclaves del litoral gallego, a través de la referida disposición adicional que retocaba la Ley del Suelo, "desvirtúa la Ley de Costas" estatal porque establece que esta anchura excepcional de veinte metros se extienda "a otro tipo de supuestos urbanísticos".

El Gobierno central informó de que su recurso de inconstitucionalidad fue elaborado de conformidad con los informes de los Ministerios de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, que dirige la gallega Elena Espinosa, y de Política Territorial, y cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado.

VARIOS NÚCLEOS AFECTADOS

En Galicia existen varios ayuntamientos que tienen núcleos de población total o parcialmente afectados por el deslinde marítimo-terrestre de Costas, como poblaciones en los municipios pontevedreses de Marín y A Illa de Arousa, o en el coruñés de Ribeira, además de enclaves en Moaña, Redondela, A Pobra do Caramiñal o Malpica.

Muchos de estos asentamientos fueron edificados con posterioridad a 1988, pero lo que buscaba la enmienda a la Ley de Vivienda pactada por los tres grupos políticos era intentar legalizar los que sí esta certificado que eran preexistentes. Este es el caso de cinco núcleos de Marín, de los que la Consellería de Política Territorial documentó que existían con la consideración de suelo urbano antes de que se promulgase la Ley de Costas estatal.

La delimitación del del dominio marítimo-terrestre que acomete el Gobierno central provoca que las propiedades que se encuentran dentro de esta franja pasan a ser titularidad del Estado o pueden recibir una orden de derribo.

La disposición adicional de la Ley de Vivenda recurrida por el Gobierno central reivindica que en los deslindes del dominio público marítimo-terrestre, el límite interior de su zona de servidumbre de protección "habrá de ajustarse a la realidad urbanística preexistente reconocida expresamente por la Administración urbanística autonómica".