av2" class="NormalTextoNoticia" itemprop="articleBody">
Afirma que la jueza se "atribuyó competencias" de forma "arbitraria" sobre este caso, que derivaba de otra investigación que instruía
SANTIAGO DE COMPOSTELA, 14 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Lugo ha emitido este martes un auto en el que declara "nulas" las actuaciones y las pruebas obtenidas por el Juzgado de Instrucción número 3 de Lugo, que dirige Estela San José, dentro de la Operación Rei, que investigaba un supuesto caso de corrupción en el ayuntamiento lucense de Castro de Rei.
En el auto, la Sala declara la nulidad "del conjunto del procedimiento desde su inicio", por un defecto en la asunción del caso por parte de la jueza Estela San José y rechaza también las pruebas, que fueron "obtenidas de un modo procesalmente irregular" y a raíz de unas intervenciones telefónicas "mantenidas de forma irregular por un órgano judicial que ya no debía de conocer el asunto".
En concreto, la Audiencia considera que en la instrucción de este caso se vulneró "el derecho de las partes a que su causa sea seguida por el juez ordinario predeterminado por la ley", a raíz de la decisión de la magistrada de continuar con una instrucción que provenía de otro caso abierto en el mismo juzgado.
Las investigaciones derivadas de la Operación Rei, en las que estaba imputado, entre otros, el exalcalde de la localidad, Juan José Díaz Valiño, surgieron a raíz de conversaciones intervenidas en el marco de la Operación Pollo, que instruía Estela San José por supuestos delitos contra el derecho de los trabajadores.
DELITOS DE PREVARICACIÓN
Dentro de las escuchas telefónicas de este caso, la Policía advirtió a la jueza de la detección de conversaciones en las que podían estar dándose delitos de prevaricación urbanística y tráfico de influencias relacionados con el Ayuntamiento de Castro de Rei.
No obstante, recoge la Audiencia, la instructora, "consciente de la inexistencia de conexidad entre una y otra causa", optó por "abrir nuevas diligencias" y "dictar una nueva resolución limitativa del derecho de comunicación", aunque "continuó investigando y atribuyéndose la competencia sobre estas nuevas diligencias".
"La instructora parte de la falta de conexidad de ambas actuaciones y, sin embargo, decide, de manera arbitraria y arrogándose la competencia, asumir ella la investigación de esta causa, nueva y distinta", apunta la Audiencia Provincial, que apuesta por "poner coto" a esta práctica por la que un juez pueda "asumir de manera arbitraria las causas que son de su interés".
Para la Audiencia, esta situación, que califica como de "anarquía competencial y procesal", supone "una sustracción indebida e injustificada" de los hechos al juzgado que "le pudiese corresponder" por reparto, "quedando así en entredicho el derecho al juez predeterminado por la ley".
A mayores, la Sala recuerda lo realizado con "otro hallazgo derivado de las intervenciones telefónicas", una "diligencia de escasa entidad criminal" que incriminaba al exregidor de Castro de Rei y a la vicepresidenta de la Diputación y del cual "su escasísima entidad llevó a su sobreseimiento".
A UNA SEMANA DEL JUICIO
La decisión de la Audiencia Provincial se produce a una semana de la celebración del juicio por este caso, en el que continuaban imputadas ocho personas, el exalcalde de Castro de Rei, Juan José Díaz Valiño, tres concejales de su corporación, la secretaria del ayuntamiento, un funcionario, un arquitecto y un empresario
La instrucción iniciada en 2008 fue cerrada por Estela San José en 2013. La vista oral estaba prevista para los días 20, 21 y 22 de este mes. A principios de octubre, el juzgado número 2 acordó el sobreseimiento de la parte relativa a la vicepresidenta de la Diputación, Lara Méndez, y de parte de los cargos de Díaz Valiño, que dimitió como regidor por su imputación en el caso.
La anulación de estas actuaciones es el segundo varapalo sufrido por la jueza Estela San José después de que, en el mes de junio, la Audiencia de Lugo anulase las actuaciones ordenadas por la magistrada en el Caso de las Multas con los mismos argumentos.
En concreto, las pruebas en este caso se anularon por haberse obtenido de "modo procesalmente irregular" al tener su origen "en intervenciones telefónicas mantenidas de forma irregular por un órgano judicial que ya no debía de conocer del asunto". Los 23 imputados en la supuesta trama de retirada de multas de tráfico en la provincia fueron entonces absueltos y la causa archivada.