La Audiencia de Lugo pide archivar la querella de Díaz Pardo contra los responsables actuales de Sargadelos

Actualizado: miércoles, 12 enero 2011 12:02

SANTIAGO DE COMPOSTELA 12 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Lugo ha confirmado el auto del Juzgado de Instrucción número 1 de Viveiro del 19 de febrero de 2010 en el que se acuerda el sobreseimiento y archivo de la causa abierta tras la querella interpuesta por el intelectual Isaac Díaz Pardo --fundador del grupo Sargadelos-- contra seis miembros del consejo de administración de la empresa, al entender que actuaron de manera abusiva para apartarlo de la presidencia.

La querella fue presentada en 2006 en el Juzgado de Viveiro --Sargadelos tiene su domicilio en Cervo-- y se amplió posteriormente. Según el documento de la Audiencia Provincial --que tiene fecha del 22 de noviembre de 2010-- remitido por el gabinete de abogados (Amboade Abogados) de los actuales miembros del consejo de administración, queda desestimado el recurso interpuesto contra la decisión del juzgado viveirense y se confirma el sobreseimiento y archivo de las actuaciones.

El auto de la Audiencia Provincial señala que en septiembre de 2010, la sala de Viveiro acordó desestimar el recurso de reforma interpuesto contra la decisión de febrero, tras lo que la representación de Díaz Pardo presentó un recurso de apelación. Asimismo, el documento indica que "no todas las conductas que atenten a bienes jurídicos tienen acomodo en el derecho punitivo".

Lo que se pretende, prosigue el escrito, es "sancionar los acuerdos que, aún tomados lícitamente, sobrepasen manifiestamente los límites del ejercicio de un derecho con beneficio propio y perjuicio de los socios". "Tal maniobra, más allá de las luchas de poder propias de un entramado empresarial, en donde se enfrentan básicamente filosofías de mercado, no se advierte en el presente caso", interpreta y concluye que "los acuerdos que se tildan de abusivos son lícitos".

El escrito de la Audiencia de Lugo agrega que, según el auto recurrido, "no se advierte que exista un porcentaje suficiente en los inicialmente querellados" para tener "la posición mayoritaria y abusiva". Por todo ello, considera que las conductas denunciadas no deben dirimirse en el ámbito penal, sino en otro que "conlleve menos exigencia".