El Comité Ciudadano de Emergencia subraya que "todas las autorizaciones concedidas y licencias deben quedar anuladas"
FERROL, 6 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha anulado la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana (PGOM) de Mugardos (A Coruña) aprobada en 2003 que amparó la concesión de licencias para la construcción de la planta de gas de Reganosa, ubicada en la localidad.
La sala Contencioso Administrativa del Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia el 22 de abril de 2008, según resalta el Comité Ciudadano de Emergencia, y desestima los recursos interpuestos por Regasificadora del Noroeste S.A. (Reganosa) y el Ayuntamiento de Mugardos, que tendrán que pagar las costas del proceso, 2.500 euros la administración local y 2.000 la empresa.
Según concluyen las sentencias, la modificación puntual del PGOM que amparó la construcción de Reganosa en Punta Promontoiro debería haber incluido una declaración de impacto ambiental (DIA), además de la declaración de efectos ambientales (DEA) con la que ya contaba. No cabe recurso a la sentencia del Tribunal Supremo.
Ante esta sentencia judicial, el Comité Ciudadano de Emergencia de la Ría de Ferrol, que desde 2000 agrupa a diferentes colectivos que se oponen a Reganosa por su ubicación en el interior de la ría y por su proximidad a los núcleos de población, entiende que la Justicia le "da la razón", tras "once años de lucha".
En una rueda de prensa ofrecida este miércoles, los responsables del colectivo han afirmado que "esta sentencia confirma que Reganosa es una instalación que viene funcionando ilegalmente desde hace más de cuatro años". La planta de gas de Mugardos inició su actividad en mayo de 2007 en fase de pruebas. La autorización pertinente para el inicio de su actividad la recibió en noviembre de ese mismo año. Desde ese momento, ha recibido cerca de 140 buques gaseros.
Manuel Rodríguez Carballeira, portavoz del comité, ha asegurado que "la ilegalidad -de Reganosa- es insubsanable", y que "no se trata de una instalación cualquiera, sino de un almacén que contiene más de 150.000 toneladas de gas natural licuado, equivalente a 12 millones de bombonas de butano de uso doméstico". "Una amenaza permanente para la vida de miles de ciudadanos y que supone un importante daño al ecosistema de la ría", añade.
AUTORIZACIONES ANULADAS
Para Humberto Fidalgo, portavoz del comité, la sentencia "pone en evidencia de forma palmaria la ilegalidad de la planta de Reganosa", que "a partir de hoy no tiene ningún papel", puesto que sostiene que "todas las autorizaciones concedidas y licencias deben quedar anuladas por estar basadas en la modificación del PGOM que anula el Tribunal Supremo".
En esta línea, el comité instó a la Xunta de Galicia "a no enfrentarse" al TSXG y al Supremo, y "paralizar inmediatamente la planta de gas" por "ilegal, peligrosa e innecesaria".
Además de estos argumentos, el comité afirma que Reganosa es "una instalación deficitaria" que en 2011 ha costado "a los usuarios" "cerca de 58 millones de euros", puesto que "su producción no alcanzó el 40% de la capacidad" y en junio "paralizará su actividad entre 8 y 12 horas diarias por falta de contratos de suministro". Según los datos del comité, Reganosa "es innecesaria" porque "la demanda interna de Galicia puede quedar cubierta con la entrada de gas por gasoducto".
Humberto Fidalgo ha añadido que los permisos de los que dispone Reganosa caerán "como fichas de dominó", porque la planta de gas "no está en precario, sino absolutamente desnuda". En rueda de prensa ha aseverado que la ubicación de Reganosa fue debido "a un componente económico importante, porque el grupo Tojeiro ganó por la venta de los terrenos más de siete millones de euros". Inicialmente, se había estudiado que la regasificadora se situase en el puerto exterior.