Absuelto de delito fraude el mayor empresario de orquestas de Galicia tras quedar anulados los registros

Declaración de Lito, Ángel Martínez Pérez
Europa Press - Archivo
Actualizado: martes, 24 abril 2018 19:16

   Su abogado espera un "efecto dominó" en el resto de procedimientos abiertos y en la sentencia que ya condenó a Lito a 12 años de cárcel

   PONTEVEDRA, 24 Abr. (EUROPA PRESS) -

   El mayor empresario de espectáculos de orquestas de Galicia, Ángel Martínez Pérez --más conocido como 'Lito'--, ha sido absuelto, junto con otras dos personas acusadas --Manuel Álvaro V.M. y Miguel Ángel G.S.--, de dos delitos contra la Hacienda Pública al quedar anulados los registros practicados por funcionarios de la Agencia Tributaria.

   La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, señala que durante los cinco días en los que estaban autorizada la Administración pública a entrar y registrar los dos domicilios de las siete personas jurídicas, entre ellos la sede de 'Espectáculos Lito' en Caldas de Reis (Pontevedra), los funcionarios "debieron ser más cautos a la hora de identificar, clasificar, recoger y discriminar la documentación a intervenir".

   "O no adoptaron, o por lo menos no consta en la causa, que hubieran adoptado ningún tipo de medidas que permita decidir si los archivos informáticos, la contabilidad analítica, las hojas de cálculo, los registros de caja extracontable, las bases de datos de las fiestas, las hojas de excel con información adicional, la documentación administrativa recogida en faxes enviados y recibidos y en documentos escaneados ...) son los mismos que se utilizaron para elaborar el llamado informe de delito", apunta el fallo del Juzgado de lo Penal número 1 de Pontevedra, con fecha del 21 de febrero de 2018.

   Es más, la sentencia apunta que "no consta como se recogieron ni como se conservaron para garantizar su integridad y evitar cualquier tipo de alteración o manipulación". A mayor abundamiento, añade que "debieron detectar que parte de la (documentación) que recogían no pertenecía a las entidades investigadas, sino a tres personas físicas".

   Concretamente, el registro estaba limitado a una serie de sociedades: Representaciones Lito SL, Producciones Artísticas Lito SL, Soner Sonido e Iluminación, Escenarent, Esmuli, Centro Deportivo La Condesa. Además, únicamente la investigación estaba vinculada a unos impuestos, IVA y sociedades de los años 2009 a 2012.

DELITOS Y JUICIO

   Fiscalía pedía, para cada uno de los acusados, dos años y tres meses de prisión por cada uno de los delitos tributarios de los años 2011 y 2012 de la Orquesta Filadelfia y una multa de 280.000 y 310.000 euros por los delitos tributarios de los años 2011 y 2012 respectivamente, lo que hace un total de 590.000 euros.

   En concepto de responsabilidad civil, solicitaba que los acusados de forma conjunta y solidaria deberían abonar a la Hacienda Pública estatal la cantidad de 284.314,50 euros, más los intereses legales.

   El juicio tuvo lugar entre el 19 y el 21 de diciembre de 2017 y durante su celebración pasaron varios testigos, que en sus declaraciones, según figura en la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, indicaron en su mayoría que cobraban en efectivo, en algunas ocasiones acompañado de nómina y en la propia sede de Representaciones Lito en Caldas.

   En la sentencia, el juez apunta que, de la vista oral "se desprende la existencia de una clara relación entre los tres acusados y la orquesta Filadelfia". "No en vano aparecen los tres como titulares al 33% de la denominación 'Orquesta Filadelfia' y así consta en la oficina de patentes", agrega.

   De hecho, llama la atención sobre que la oficina de Caldas "es más que una intermediaria entre las orquestas y las comisiones de fiestas", puesto que "no deja de resultar extraño que la inmensa mayoría de os músicos y técnicos relacionados con la orquesta Filadelfia vinieran cobrando su sueldo todos los meses en la llamada oficina de representación", o que incluso el sueldo recibido en efectivo "fuera acompañado de una nómina en la que aparecía el nombre de 'Espectáculos Lito'".

   "Lejos de eso, se ocupaban a veces de la contratación de los músicos y de los técnicos de la orquesta, de proporcionar a la orquesta el medio de transporte necesario (...)", constata.

   Sin embargo, concluye que "lo cierto es que, pese a todo ello, faltando cualquier prueba referente al aspecto contable (los registros anulados), ningún indicio se deduce de la prueba válidamente practicada (...) por lo que se impone la absolución de los tres acusados".

"EFECTO DOMINÓ"

   De la documentación obtenida en los registros autorizados por el Juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Pontevedra en un auto del 25 de noviembre de 2013, hay más investigaciones abiertas, según han confirmado a Europa Press fuentes jurídicas.

   De hecho, el abogado de Ángel Martínez Pérez 'Lito', Carlos Seoane (CCS Abogados), ha augurado, en declaraciones a Europa Press, que espera un "posible efecto dominó en los demás procesos penales abiertos" contra su cliente.

   Asimismo, ha advertido de que esta sentencia puede tener efecto en una gran cantidad de procedimientos administrativos abiertos, más de "un centenar", contra agentes, representantes, orquestas y otras personas de las que se obtuvieron documentación en ese registro y que ahora "no van a poder usar en su contra".

   Se da la circunstancia de la Audiencia Provincial de Pontevedra condenó a 12 años de prisión de cárcel a Lito por seis delitos fiscales entre 2011 y 2012. Este proceso todavía no es firme y está en plazo para presentar recurso de casación ante el Tribunal Supremo.