El Alto Tribunal declara que todos los actos dictados en desarrollo o aplicación del plan como la urbanización, ordenanzas y licencias, han quedado "sin cobertura jurídica alguna"
ARRECIFE (LANZAROTE), 3 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha notificado al Cabildo de Lanzarote una sentencia en la que declara nulo el Plan Parcial de Playa Blanca en el municipio de Yaiza y precisa que todos los actos dictados en desarrollo o aplicación de dicho plan como una urbanización, ordenanzas y licencias, han quedado "sin cobertura jurídica alguna".
La sentencia resuelve el recurso que en el año 2004 interpuso la corporación insular contra los decretos del entonces alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, de 11 de diciembre de 2003 y 26 de abril de 2004, que autorizaron la urbanización de los terrenos del Plan Parcial Playa Blanca y la publicación de las ordenanzas del citado plan parcial, así como contra el decreto de la alcaldía de 3 de mayo de 2004 que rechazó las advertencias de ilegalidad que el Cabildo de Lanzarote formuló al Ayuntamiento y a los promotores para que no prosiguieran con el desarrollo de dicho plan parcial, según informa la institución insular en un comunicado.
El Cabildo recuerda que el entonces alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, autorizó la urbanización de más de un millón de metros cuadrados de suelo concediendo licencias para la construcción de 1.000 viviendas que ahora han quedado en situación de ilegalidad, haciendo caso omiso de las reiteradas advertencias y requerimientos de la corporación insular.
La sentencia dictada por el Alto Tribunal ha estimado íntegramente el recurso formulado por los servicios jurídicos del Cabildo de Lanzarote, pero no sólo declara nulos de pleno derecho todos los actos municipales recurridos (urbanización y ordenanzas del plan parcial), sino que también ha zanjado la principal cuestión de fondo que subyace en todos los procedimientos judiciales que el Cabildo ha interpuesto contra actos dictados en desarrollo de este plan parcial, como es la situación jurídica en que se encuentra este plan.
MORATORIA
Sobre dicha cuestión de fondo, que a lo largo de los 25 folios de que consta la sentencia se analiza de forma pormenorizada, concluye el Tribunal declarando con toda rotundidad que el Plan Parcial Playa Blanca quedó extinguido en el año 2001 con la entrada en vigor de la Ley 6/2001, de Medidas Urgentes (conocida como la Ley de Moratoria Regional) y que, por esa razón, desde entonces ya no era posible su desarrollo porque se trataba de un planeamiento que ya no existía, tal y como ha venido advirtiendo el Cabildo al Ayuntamiento de Yaiza y a los promotores del plan desde el año 2004.
La sentencia resuelve esta cuestión principal insistiendo en que a la entrada en vigor de la Ley 6/2001 (el 27 de julio de 2001) el Plan Parcial Playa Blanca había quedado "extinguido por previsión del legislador y por ello los acuerdos de ejecución de sus determinaciones eran nulos por carecer de cobertura legal alguna".
De ahí que no sólo se declaren nulos de pleno derecho los actos que autorizaron la urbanización del mencionado plan, sino también se anule el acto del alcalde de Yaiza por el que se publicaron las ordenanzas del Plan Parcial Playa Blanca "porque no era posible publicar [en 2004] las ordenanzas de un plan parcial que había quedado extinguido ope legis [en 2001]".
TODOS LOS ACTOS, DECLARADOS NULOS
Asimismo, el TSJC advierte de que todos los actos dictados en desarrollo o aplicación de este Plan Parcial --que estaba extinguido y, por tanto ,no admitía desarrollo alguno-- como la urbanización, publicación de ordenanzas, constitución de junta de compensación y licencias de obras, han quedado "sin cobertura jurídica alguna" y, por tanto, en "una situación de manifiesta ilegalidad".
Esta importante sentencia tendrá, además, incidencia directa sobre los 23 recursos que el Cabildo de Lanzarote también tiene interpuestos contra las licencias de obras que el ex alcalde de Yaiza, José Francisco Reyes, concedió en el citado plan parcial haciendo "caso omiso de las reiteradas advertencias de ilegalidad y continuos requerimientos de anulación que el Cabildo le formuló entre los años 2004 y 2007", añade la nota.
El Plan Parcial Playa Blanca ocupa una superficie de suelo de 1.155.280 metros cuadrados y tenía prevista la construcción de edificaciones con una capacidad alojativa de 5.570 plazas con un total de 1.850 viviendas. El ex-alcalde de Yaiza otorgó licencias para la construcción de unas 1.000 viviendas, de las que han sido terminadas unas 450.
DECISIÓN Y CRITERIOS DE PRESENTACIÓN DEL RECURSO
El Cabildo de Lanzarote recuerda que la decisión de recurrir el Plan Parcial Playa Blanca se basa en el criterio de que se estaba ante una pieza de suelo que "carecía por completo de planeamiento, es decir que no tenía ningún tipo de ordenación".
Así pues, el Cabildo insiste en que no está "recurriendo arbitrariamente obras o licencias de carácter residencial, como han afirmado los promotores de este plan, grupos de la oposición o algunos medios de comunicación", sino que la corporación insular recurre "aquellos casos en los que tiene evidencia de que se comienzan obras de urbanización o de construcción en suelo que no tenía ningún tipo de planeamiento ni ordenación pormenorizada".
Sólo hay dos casos en toda la isla en que esta situación se daba y en ambos casos, al tener las mismas características, el Cabildo decidió recurrir: en el Plan Parcial Playa Blanca, que ahora esta sentencia convierte en suelo no sectorizado, y en el proyecto de las mil viviendas de Costa Roja, paralizado también por los Tribunales a instancias del Cabildo de Lanzarote.