La Fiscalía Provincial de Las Palmas no considera que se produjera un abandono "colectivo" de los controladores

Actualizado: lunes, 6 mayo 2013 16:35

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA 6 May. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Provincial de Las Palmas ha presentado un escrito ante el Juzgado de Instrucción Número 1 de Telde (Gran Canaria) donde solicita el sobreseimiento provisional de las actuaciones de los controladores aéreos del Centro de Control de Tránsito Aéreo de Canarias al considerar que no se produjo un abandono "colectivo" el 3 de diciembre de 2010, día en el que se cerró el espacio aéreo en España y en Canarias.

Así lo recoge el escrito de la Fiscalía que informó que tras las exhaustivas investigaciones llevadas a cabo por miembros del Cuerpo Nacional de Policía y de la Guardia Civil, bajo la supervisión del citado Juzgado, y en coordinación con la Fiscalía, "no se ha podido determinar una relación de conexidad con los hechos ocurridos en otros aeropuertos o centros de control" el citado día.

Al respecto, apuntó que conforme a los datos objetivos recabados "no se ha podido determinar que la actuación de los controladores haya tenido una relación causa-efecto" con el cierre del espacio aéreo de Canarias.

En este sentido, añadió que durante el turno de trabajo que ha sido objeto fundamental de la investigación (entre las 15.00 y 22.00 horas), de los 22 controladores que iniciaron el servicio en el aeropuerto de Gran Canaria, la mitad (11) estuvieron presentes en todo momento, no abandonando sus puestos de trabajo.

En cuanto al resto, seis de ellos tienen justificación médica, por lo que "sólo cinco" (de un total de 22) se ausentaron de su lugar de trabajo acogiéndose a la normativa reguladora que les obliga a ello en el caso de que no se encuentren en condiciones de trabajar, lo que subrayó "debe ser puesto en el contexto de la situación de tensión derivada de un conflicto laboral que se vio recrudecido precisamente en esas fechas".

Así, matizan, que los informes técnicos y los testimonios recabados indican que el número de controladores que estaba presente en el centro de control "no justificaba la decisión del cierre total del espacio aéreo adoptada por AENA sobre las 17.00 horas del 3 de diciembre de 2010, sin perjuicio de que se pueda entender esta decisión como prudente" por las circunstancias del momento.

Por ello, la Fiscalía ha considerado que "no se dan los requisitos exigidos por el Código Penal (art. 409) para formular acusación", ya que "no se puede considerar que se haya producido un abandono colectivo, en cuanto mayoritario, ni que el mismo haya provocado el perjuicio grave" para el servicio público consistente en el cierre del espacio aéreo.

De todos modos, reconoció que esto no impide que las personas que hayan sufrido algún tipo de perjuicio como consecuencia de la situación que se produjo, puedan solicitar las indemnizaciones que procedan en derecho, en las vías jurisdiccionales que correspondan.

Por último, la Fiscalía insiste en que se trata de una solicitud de sobreseimiento provisional, lo que implicaría, de adoptarse, la posibilidad de reapertura de las diligencias, sobre todo en el caso de que las investigaciones que se siguen en el Juzgado de Instrucción Número 3 bis de Madrid permitan valorar o acreditar indiciariamente la posible relación o conexión con los hechos ocurridos en este territorio.