La Agencia de Protección de Datos da la razón a UGT en una reclamación contra Asepeyo por no facilitar historia clínica

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EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 26 abril 2012 13:23

LOGROÑO 26 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Federación de Industria y Trabajadores agroalimentarios (FITAG) de UGT de La Rioja ha conseguido una resolución favorable por parte de la Agencia Española de Protección de Datos contra Asepeyo a propósito de la reclamación efectuada a la mutua por un trabajador accidentado al entender que ésta no había atendido debidamente su derecho de acceso a su historia clínica completa.

En concreto, según ha recordado el sindicato en una nota de prensa, el conflicto se originó después de que el trabajador, que sufrió un accidente laboral en el año 2006, solicitase a la mutua el acceso completo a toda su historia clínica y ésta no le ofreciera toda la información que obraba en su poder. La mutua no facilitó a éste documentos relevantes, tales como las denominadas 'observaciones de enfermería' pese a que aseguraba haber satisfecho completamente la solicitud del trabajador.

Así, asistido por FITAG-UGT de La Rioja, el trabajador decidió formular una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos con fecha 25 de octubre de 2011 por entender que "el acceso a su historia clínica ha sido incompleto". En este sentido, la resolución indica que, pese a que la Mutua "afirma que ha facilitado al reclamante el acceso a toda la documentación contenida en su historia clínica", dicha Mutua "adjunta a las alegaciones vertidas durante la tramitación del procedimiento nueva documentación, en concreto, copia de las observaciones de enfermería".

Por ello, tras analizar los datos, con fecha 30 de marzo de 2012, la Agencia ha procedido a estimar la demanda del trabajador, instando a la Mutua a facilitarle una copia de las 'observaciones de enfermería'.

POCO FRECUENTE

El valor de esta resolución radica en lo poco frecuente que es, a la vista de las dificultades que existen para demostrar la ausencia de documentación. De hecho, pese a caber recurso contencioso, la Mutua ha facilitado inmediatamente al trabajador la parte de la documentación que la Agencia de Protección de Datos le ha solicitado.

Por ello, FITAG-UGT manifiesta su satisfacción ante la resolución e insta a los trabajadores que estén en la misma situación a que se pongan en contacto con el sindicato para proceder a una actuación similar .

No obstante, FITAG-UGT considera que, aunque por falta de competencias la Agencia no ha podido entrar en valorar la existencia de otros documentos que deben facilitarse igualmente al trabajador - tales como las pruebas realizadas en el momento de producirse el accidente, el informe de visitas de los meses de abril a julio de 2011 o la constatación de los accesos informáticos producidos a los mencionados documentos- esta documentación forma parte de la historia clínica del trabajador y la Mutua debe entregárselos de manera inmediata.

Y así se lo ha hecho saber a la Mutua en una nueva comunicación, advirtiendo de que, de no satisfacer esta petición, se procederá a adoptar las medidas que el servicio jurídico del sindicato estime oportunas.