FECOAM recogerá firmas entre los comerciantes contra la nueva Ley de Venta Ambulante

Actualizado: lunes, 12 julio 2010 17:54

MADRID 12 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Federación de Comerciantes Ambulantes ha anunciado que seguirá luchando contra la nueva Ley de Venta Ambulante, que según ha denunciado la federación, "incumple el acuerdo" alcanzado el pasado 21 de diciembre, así como que llevará a cabo "todas las acciones que sean necesarias para restablecer los derechos de los comerciantes ambulantes y sus familias".

También ha recogido en un comunicado su intención de recoger firmas entre los trabajadores del sector para hacerlas llegar a los representantes políticos de la Asamblea de la Comunidad y convocará a los comerciantes ambulantes y sus familias ante los mercadillos para manifestarse contra la nueva ley.

Con la Ley de Venta Ambulante, la autorización municipal se extenderá hasta los 15 años y se renovará automáticamente en una prórroga de otros tantos años. A partir de ahí se hará necesario remitirse a lo establecido en las Ordenanzas Municipales correspondientes, lo que no satisface a FECOAM (no textual, se sobreentiende en el texto).

En cuanto a la transmisión de plenos derechos de las autorizaciones municipales, la nueva ley contempla que sólo en caso de fallecimiento o enfermedad se podrá transmitir a familiares de primer grado y parejas de hecho, negando ese derecho a empleados. Según FECOAM, esto supone "judicializar el sector", ya que dentro de la etnia gitana, mayoritaria en el sector, se dan muchos casos de transmisiones entre abuelos o hermanos.

Por lo tanto, FECOAM ha considerado esta ley "un claro retroceso" respecto a la Ley anterior, y que "limita" lo establecido en la Directiva de Servicios Europea y la Ley de Ordenación del Comercio Minorista de España. Con su aprobación, la federación denuncia sentirse "engañada" por la presidenta de la Comunidad, Esperanza Aguirre.

La anterior ley contemplaba una duración de las autorizaciones municipales de cinco años, prorrogables por por períodos de idéntica duración, pudiendo transmitir dicha autorización a familiares de hasta segundo grado de consanguineidad e incluso a empleados del negocio en caso de enfermedad o fallecimiento del propietario.