MADRID, 19 Sep. (EUROPA PRESS) -
El fiscal se ha opuesto al procesamiento de la alcaldesa de San Fernando de Henares, Catalina Rodríguez, por presunto delitos de prevaricación, revelación de secretos e infidelidad de custodia de documentos en el caso de Plaza España por su venta a un fondo buitre.
Así consta en el recurso de reforma, al que tuvo acceso Europa Press, en el que impugna el auto dictado por el juez de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Coslada en el que acuerda procesar a la regidora, de la formación San Fernando Sí se Puede.
En su recurso, el fiscal expone que la mencionada decisión no está "ajustada a Derecho", ya que entiende que los hechos investigados no suponen ninguna infracción penal. Por ello, pide el archivo completo de la causa.
En esta línea, el fiscal señala que no existe base alguna sobre la que, en posterior fase de proceso penal, deba discutirse sobre la comisión o no de delitos sino que, desde este momento, no existiendo especiales discrepancias entre las partes implicadas, "los mismos no revisten caracteres de infracción penal".
La juez concluyó la investigación determinando la comisión de hechos constitutivos de delito. Exponía que los documentos del archivo municipal, sobre la reforma de Plaza de España "incluyen multitud de datos de personas físicas y jurídicas, datos e informes de entidades públicas".
Así, explica que indiciariamente la alcaldesa y el asesor jurídico autorizan a Joaquín Gómez a manejar datos facilitándole las llaves del archivo, en la que "puede operar libremente y manejar dichos datos y documentos "sin control alguno".
Al respecto, añade que la alcaldesa, preguntada por este aspecto, detalló que esta persona era un voluntario de su grupo municipal y que ella le había autorizado, algo que se reflejó a petición del PSOE en el acta de la comisión de Cuentas del día 14 de junio de 2017, sin que conste grabación de esa manifestación.
También aludió a que con el decreto 3535/15 la alcaldesa acuerda que el acceso a los despachos de los grupos políticos municipales era exclusivamente de 8 a 15 personas y para los concejales y sus acompañantes, "contradiciendo el mencionado decreto y autorizando a una persona ajena al Ayuntamiento el acceso a dicho archivo, en el que se contiene la información y documentación antes referida".
"De todo lo anterior, se desprende que los hechos podrían ser constitutivos de delito de descubrimiento y revelación de secretos, infidelidad en la custodia de documentos por cuanto según declaración de la propia alcaldesa, a pesar de haberse contratado a un letrado para la asistencia técnica en los procedimientos judiciales que atañen al Consistorio, designó a Joaquín Gómez, persona totalmente ajena al Ayuntamiento, por ser de su mismo partido y amigo personal para la organización y archivo de toda una documentación referente a procedimientos judiciales, sin adoptar el correspondiente acuerdo de la comisión", añade la resolución.