Movimiento contra la Intolerancia plantea que la Ley del Menor tipifique como delito la asociación ilícita

Actualizado: martes, 23 septiembre 2008 20:48

MADRID 23 Sep. (EUROPA PRESS) -

El presidente de Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, planteó hoy que la Ley que regula la responsabilidad penal del menor tipifique como delito la asociación ilícita debido a la actual permisividad sancionadora sobre los grupos delictivos de menores que "promueven el odio, la violencia, el racismo".

Ibarra se pronunció así por el caso de Wilson Fernando Ríos Ordóñez, un joven ecuatoriano que falleció el 15 de septiembre de 2005 en Plaza Elíptica tras ser apuñalado por varios 'Latin King' en el transcurso de una reyerta. Varios menores participaron en la riña que acabó con la muerte de Wilson, de 16 años.

El artículo 515 del Código Penal delimita para los adultos el delito de asociación ilícita, penado con condenas de 8 a 14 años de prisión en grado de dirigente y de 6 a 12 años en concepto de integrante raso. En el caso de los menores, la Ley reguladora de la responsabilidad penal no contempla esta conducta delictiva.

En el ámbito de la violencia juvenil, Ibarra sugirió al legislador que se aplique una diferencia entre los considerados delitos violentos (asesinatos, homicidios y agresiones sexuales) y las infracciones penales comunes (hurto, robos o tráfico de drogas).

"El problema más común entre los menores es el delito de violencia. Se debe de abordar desde un punto de vista preventivo y sancionador. Hay que encarar el problema de la violencia con una seriedad con la que hoy no se aborda", criticó Ibarra, que instó a las autoridades competentes a promover "una mejor política preventiva en materia de juventud para impedir que se desarrollen grupos juveniles violentos".

Por ejemplo, en el caso de un asesinato la legislación de un menor sanciona con una pena máxima de 8 años a los jóvenes de entre 16 y 18 años de edad, mientras que esa condena se sitúa en 5 años de cárcel para los menores de 16 años. En cambio, un asesinato cometido por un adulto se pena con un máximo de 25 años de cárcel si concurre alevosía, ensañamiento o se actúe por dinero.

"No es casual que en grupos delictivos que hay menores y menores se tienda a trasladar la responsabilidad de un asesinato o un homicidio a menores de edad", apuntó.

Movimiento contra la Intolerancia quiere que se sancione también en el ambito juvenil la tenencia de armas, un tipo delictivo que tampoco contempla la Ley del menor. "Es necesario que haya una persecución contra los jóvenes que porten armas", concluyó.