MADRID, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha aplazado la vista pública que estaba previsto que celebrara este martes su Sala de lo Penal para revisar la sentencia que condenó a penas de entre 135 y 144 años de prisión a cinco miembros de los Grupos Revolucionarios Antifascistas Primero de Octubre (GRAPO) por el asesinado de dos vigilantes de seguridad cometido en Vigo el 8 de mayo de 2000.
Fuentes del alto tribunal señalaron que la razón del aplazamiento es la baja que sufre la letrada de uno de los condenados, que le impide asistir al acto. Aún no se conoce una nueva fecha para la resolución de estos recursos, cuyo ponente será el magistrado Alberto Jorge Barreiro.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional consideró probado el pasado febrero que Fernando Silva Sande, Mónica Refojos Pérez, Israel Torralba Blanco, Marcos Martín Ponce y Esther González Ilarraz colocaron tres cargas explosivas cuando el furgón circulaba por la carretera provincial de Vigo y que, tras reventarlo, los dos primeros dispararon contra sus ocupantes, causando la muerte de Gonzalo Torres Lage y Jesús Sobral Otero e hiriendo a Manuel Espada Pérez.
A juicio de los magistrados, los hechos fueron constitutivos "sin lugar a dudas" de dos delitos de terrorismo con resultado de muerte, cuatro de lesiones, depósito de explosivos y robo con violencia o intimidación, por los que todos menos González Ilarraz fueron condenados a 135 años de cárcel. A esta última se le impusieron nueve años más de prisión porque, a diferencia de los anteriores, no había sido condenada todavía por integración en organización terrorista.
El tribunal de la Audiencia, integrado por los magistrados Alfonso Guevara, Ángeles Barreiro y Clara Bayarri (ponente), absolvió al histórico líder de los GRAPO, Manuel Pérez Martínez, 'camarada Arenas', que se enfrentaba a una petición de 152 años de prisión, al considerar que no consta que tuviera "ni conocimiento ni dominio" de estos hechos.
También eximió al jefe del aparato de falsificación de la organización, José Luis Elipe López, para quien el fiscal pidió una pena de 12 años por un delito de falsedad en documento, porque el Tribunal de Gran Instancia de París ya le condenó en 2003 por estos mismos hechos.
REPARTO DE FUNCIONES
La sentencia recogió en su capítulo de hechos probados que los cinco condenados se repartieron las labores para llevar a cabo el asalto, de forma que Silva Sande hizo de "artillero" colocando las cargas explosivas con Refojos; Torralba de "vigía" controlando el paso del furgón con "una linternita con una luz verde"; y Martín Ponce de "artificiero" ocupándose, junto a González Ilarraz, del "vaciado" del furgón.
El tribunal acreditó la participación de los cinco terroristas a partir de la declaración de los imputados y después de encontrar en el lugar de los hechos y en el vehículo utilizado para la huída seis muestras de sangre de Martín Ponce, huellas de Refojos y anotaciones manuscritas realizadas por Silva Sande que estaban incorporadas a cuatro bombas lapa que el 'comando' había abandonado.
Los hechos se produjeron a las 7.45 horas del 8 de mayo de 2000 cuando los cinco terroristas, dirigidos por Silva Sande, colocaron tres cargas explosivas cuando el furgón circulaba por la Carretera Provincial de Vigo en dirección a la Gran Vía trasladando fondos a la sede del Banco de España en Pontevedra.
Tras la parada del furgón blindado, los acusados abrieron fuego contra los guardias jurados Gonzalo Torres Lage y Jesús Sobral Otero, que murieron en el acto, y Manuel Espada Pérez, que resultó gravemente herido. Además, sufrieron lesiones otras tres personas que se encontraban en ese momento en el lugar de la explosión.
En su huída, los acusados abandonaron las tres bolsas de dinero que habían logrado extraer del furgón, ya que contenían moneda fraccionaria, así como tres artefactos explosivos. El atentado fue reivindicado por los GRAPO mediante un comunicado que remitieron a varios medios de comunicación de Vigo.