La CEP denuncia ante el Supremo a Cayo Lara, Garzón y Centella

Enfrentamientos ante el Congreso entre manifestantes del 25S y policía
EUROPA PRESS
Actualizado: sábado, 6 octubre 2012 14:11

Consideran que incurrieron en un delito de calumnias e injurias al imputar a los agentes hechos delictivos sabiendo que era falso

MADRID, 6 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Confederación Española de la Policía (CEP) ha presentado ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo una denuncia contra los diputados de IU Cayo Lara, José Luis Centella y Alberto Garzón a los que acusa de cometer un delito de injurias y calumnias contra la Policía por acusar a los agentes antidisturbios de provocar los incidentes registrados durante la protesta del 25S frente al Congreso de los Diputados.

En concreto, la denuncia a la que ha tenido acceso Europa Press, acusa a estos tres dirigentes de haber responsabilizado a las Fuerzas de Seguridad "de actuar premeditadamente para disolver ilegítimamente una manifestación causando conscientemente lesiones a los congregados, señalando al Cuerpo Nacional de Policía como único causante, instigador de todo". La denuncia se presenta ante el Tribunal Supremo atendiendo a la calidad de aforados de los diputados en el Congreso.

El sindicato policial se basa en las propias declaraciones públicas de los tres políticos, las cuales se adjuntan en la denuncia. Como ejemplo citan las palabras de coordinador federal de IU, Cayo Lara quien denunció que "el normal funcionamiento de los diputados se vio molestado y perturbado por la Policía y nunca por los manifestantes".

ALBERTO GARZÓN: "EXCESO POLICIAL BRUTAL"

El texto también recoge otras declaraciones de Garzón: "Hemos asistido a un exceso policial brutal en las calles que no atendía a ninguna lógica (...) empezaron a echar a todo el mundo a empujones de malas formas, hacia el Paseo de la Castellana para que allí pudiera cargar la Policía.

La CEP entiende que "las gravísimas imputaciones" de Cayo Lara, José Luis Centella y Alberto Garzón "constituirían uno o varios delitos de calumnias". Apelan al artículo 504.2 del Código Penal sobre "los que injuriaren o amenazaren gravemente a los Ejércitos, Clases o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad" por el que serían "castigados con la pena de multa de doce a dieciocho meses".

A juicio de este sindicato policial, "no cabe duda que se trata de un comportamiento injurioso y amenazante contra las fuerzas de seguridad". "No se trata de una opinión, una hipótesis por parte del diputado, sino la imputación clara, directa e inequívoca de que los agentes de policía fueron los provocadores de los hechos", denuncian los policías, al tiempo que consideran que los tres diputados atribuyeron a los agentes "hechos delictivos con claro conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad".

Insiste la CEP en que esas declaraciones no se pueden amparar bajo la nmunidad ni la invocación al derecho de libertad de expresión y por ello piden a la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que "previos los trámites legales, se reciba declaración en calidad de imputados a los denunciados".