El Diccionario de la RAE acoge la "consulta popular" y acota la "soberanía" a los Estados independientes

La RAE entrega la 23ª edición del Diccionario de la lengua española
RAE
Actualizado: jueves, 2 julio 2015 12:39

Cambia la definición de "Estado del bienestar" para eliminar la alusión a las "deficiencias e injusticias de la economía de mercado"

MADRID, 16 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Diccionario de la Real Academia Española (RAE) acoge desde este jueves el término "consulta popular" explicando que en Derecho es igual a "referéndum" y elimina en cambio la entrada "soberanía nacional", pero precisa que la soberanía es el poder supremo de un "Estado independiente", no del "poder público" como hasta ahora.

La 23 edición del Diccionario de la RAE redefine y precisa muchas palabras de las más habituales en el vocabulario político --como democracia y Estado-- e introduce otras nuevas como autogobierno. El término "casta", popularizado por el partido emergente Podemos, sigue en cambio definido como "grupo que forma una clase especial y tiende a permanecer separado por su raza, religión, etcétera".

En el anterior Diccionario sí aparecía la "soberanía nacional", definida como "la que reside en el pueblo y se ejerce por medio de sus órganos constitucionales representativos", y la segunda acepción de "soberanía" ha dejado de ser "autoridad suprema del poder público" para transformarse en "poder político supremo que corresponde a un Estado independiente". Además, se incluye como palabra nueva "autogobierno", que es la "facultad concedida a una colectividad o a un territorio para administrarse por sí mismo".

Entre los términos que sufren cambios está "nacionalidad", artículo en el que desaparece la acepción "denominación oficial de algunas comunidades autónomas españolas" pero se mantiene la de "comunidad autónoma a la que, en su estatuto, se le reconoce una especial identidad histórica y cultural".

Hasta ahora, nacionalidad era también el "estado propio de la persona nacida o naturalizada en una nación", pero en la nueva edición se sustituye por "vínculo jurídico de una persona con un Estado que le atribuye la condición de ciudadano de ese Estado". El artículo "nación", sin embargo, se mantiene sin cambios.

Otro artículo en el que se han introducido modificaciones es el de "autonomía", ya que en la nueva edición se añade el término "autonomía de la voluntad", que se describe como la "capacidad de los sujetos de derecho para establecer reglas de conducta para sí mismos y en sus relaciones con los demás dentro de los límites que la ley señala".

ESTADO

Uno de los artículos que más cambia es el de "Estado". En la vigésima tercera edición, aparece una nueva acepción según la cual un Estado es un "país soberano, reconocido como tal en el orden internacional, asentado en un territorio determinado y dotado de órganos de gobierno propios".

Asimismo, se agrega como definición "forma de organización política, dotada de poder soberano e independiente, que integra la población de un territorio". Dos expresiones nuevas que aparecen en el Diccionario son "Estado autonómico" y "Estado de Derecho", que se describe como el "régimen propio de las sociedades democráticas en el que la Constitución garantiza la libertad, los derechos fundamentales, la separación de poderes, el principio de legalidad y la protección judicial frente al uso arbitrario del poder".

En cuanto al término "Estado federal", antes se explicaba que era "el compuesto por estados particulares, cuyos poderes regionales gozan de autonomía e incluso de soberanía para su vida interior", y ahora se matiza la definición para señalar que es un "Estado en el que las distintas competencias constitucionales son distribuidas entre un gobierno central y los estados particulares que lo conforman".

Igualmente, se altera la definición de "Estado de bienestar", que en su versión más reciente es la "organización del Estado en la que este tiende a procurar una mejor redistribución de la renta y mayores prestaciones sociales para los más desfavorecidos". Hasta ahora, para la RAE el Estado de bienestar era un "sistema social de organización" en el que se procuraba "compensar las deficiencias e injusticias de la economía de mercado con redistribuciones de renta y prestaciones sociales otorgadas a los menos favorecidos".

Por último, hay modificaciones en las definiciones de estado de sitio, de alarma, de excepción, de guerra y de emergencia. Respecto al estado de excepción, antes la RAE se limitaba a decir que en ciertos países era una "situación semejante al estado de alarma", y ahora se define como el "estado que declara el gobierno en el supuesto de perturbación grave del orden y que implica la suspensión de ciertas garantías constitucionales".

CONSULTA, REFERÉNDUM Y PLEBISCITO

Por otro lado, en el término "consulta", se añade la expresión "consulta popular", que la RAE define como "referéndum" o "procedimiento por el que las leyes se someten al voto popular".

Eso sí, el Diccionario recoge ahora una definición más amplia de referéndum, que antes describía como un "procedimiento jurídico por el que se someten al voto popular leyes o actos administrativos" para su "ratificación por el pueblo" y ahora abre la puerta a que sean consultivos, ya que queda definido como "procedimiento por el que se someten al voto popular leyes o decisiones políticas con carácter decisorio o consultivo".

También hay cambios en la definición de "plebiscito", en cuya primera acepción se lee que es una resolución tomada por todo un pueblo "por mayoría de votos", mientras que antes era "a pluralidad de votos". En la segunda acepción, antes se leía "consulta que los poderes públicos someten al voto popular directo para que apruebe o rechace una determinada propuesta sobre soberanía, ciudadanía, poderes excepcionales", pero ahora solo se alude a "una determinada propuesta sobre una cuestión política o legal".

DESARROLLO DEL TÉRMINO "DEMOCRACIA"

Además, en la nueva edición se desarrolla ampliamente el término "democracia", hasta ahora definida de forma genérica como "doctrina política favorable a la intervención del pueblo en el gobierno" y "predominio del pueblo en el gobierno político de un Estado".

Ahora, democracia es la "forma de gobierno en la que el poder político es ejercido por los ciudadanos", el país que tiene esta forma de gobierno, la doctrina en la cual "la soberanía reside en el pueblo, que ejerce el poder directamente o por medio de representantes" y la forma de sociedad "que practica la igualdad de derechos individuales".

Aparte, se incluyen como términos los conceptos de democracia burguesa, liberal, censitaria, popular --definida como el sistema de gobierno de los sistemas de inspiración marxista--, directa, orgánica --la que se atribuía a sí mismo el franquismo--, representativa y cristiana --como movimiento político que aúna principios democráticos y pensamiento social cristiano--.

En cuanto al término "constitución", para la RAE es la "forma o sistema de gobierno de una unidad política", mientras que en la edición anterior hablaba de "cada Estado". Entre las acepciones que incluye el artículo hay una nueva, la de "ley fundamental de un Estado, con rango superior al resto de las leyes, que define el régimen de los derechos y libertades de los ciudadanos y delimita los poderes e instituciones de la organización política".