Audiencia Nacional atiende los informes que dicen que su riesgo de muerte en los próximos 15 años es muy bajo y puede ser atendido en prisión
MADRID, 5 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Nacional ha rechazado conceder la libertad condicional al preso de ETA, José Ángel Biguri Camino, que pidió ser excarcelado por las mismas razones que el preso Josu Uribetxeberria Bolinaga. El auto, al que ha tenido acceso Europa Press, tiene en cuenta los informes médicos que aseguran que su riesgo de muerte por la enfermedad de la que fue operado es "muy bajo" durante los próximos 15 años y que puede ser atendido en prisión "con la misma eficacia" que en su casa.
Biguri Camino es uno de los trece presos para los que la izquierda abertzale y las plataformas de apoyo a los internos de ETA piden de manera insistente su liberación inmediata por cuestiones de salud (en ese grupo también estaba Bolinaga hasta que fue liberado).
En febrero de 2011 se le diagnóstico un cáncer de próstata por el que fue operado en octubre de ese mismo año, pero "en la actualidad no presenta manifestaciones clínicas debidas a la enfermedad y no procesa tratamiento específico para la misma", dice el informe del Instituto de Medicina Legal recogido en el auto del juez Central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, dictado el pasado día 31 de enero.
LAS REVISIONES "HAN RESULTADO NORMALES"
Añade que "en el interno", el riesgo de mortalidad debido al cáncer durante "los quince años siguientes a la cirugía es muy bajo, entre un 0.03% y un 1.2%, y muy inferior al riesgo de muerte por otras causas ajenas a la enfermedad". Además detalla que ya ha completado las revisiones analíticas previstas para el primer año tras la cirugía y que "han resultado normales". En los informes mensuales que realiza la plataforma de familiares de presos de ETA este etarra figura como que aún padece el cáncer.
Ahora deberá continuar con el seguimiento analítico cada seis meses durante los próximos dos años y anualmente desde entonces, pero en el informe elaborado por el subdirector general de coordinación de Sanidad Penitenciaria se indica que "los controles, cuidados y terapia que su proceso precia", pueden hacerse en este momento en prisión "con la misma eficacia que en libertad". "No existe una relación causa-efecto entre el pronóstico de su dolencia a medio plazo y su estancia en prisión", zanja.
En consecuencia el juez considera que "no se dan los requisitos necesarios" para instar a la Administración Penitenciaria a fin de que proceda a la clasificación del interno en tercer grado a efectos de libertad condicional. Está fue la fórmula que empleó el Ministerio del Interior con Bolinaga a quien sí otorgó el tercer grado y posteriormente el juez terminó concediéndole la libertad condicional por razones humanitarias debido al cáncer que padece.
En cualquier caso el juez añade que toma esta decisión, sin perjuicio de lo que pueda ocurrir en un futuro atendiendo al desarrollo de la evolución de la enfermedad.
Biguri Camino, interno en la prisión de Martutene (Guipúzcoa), se encuentra clasificado en el primer grado penitenciario y se le revisó esta clasificación el 21 de marzo de 2012 (seis meses después de ser operado) acordándose mantenerle en la misma situación "sin que --según el auto-- el interno haya solicitado resolución al respecto de la secretaria general de Instituciones Penitenciarias".
NO SE HA ARREPENTIDO
La Fiscalía de la Audiencia Nacional se opuso también el pasado mes de noviembre a la libertad condicional al considerar que no existe "peligro patente para su vida". Además recordaba que no ha manifestado "signos inequívocos de haber abandonado los fines y medios de la actividad terrorista", tal y como apuntaba un informe de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias elaborado el 28 de abril de 2012.
Biguri Camino fue detenido en Irún (Guipúzcoa) el 16 de septiembre de 1989 en la autopista Bilbao-Behovia tras un enfrentamiento con agentes de la Guardia Civil en el que murieron los etarras Juan Oyarbide Aramburu, 'Txiribitas', y Manuel Urionabarrenechea Betanzos, 'Manu'.
En diciembre de 1991 fue condenado a 51 años de cárcel por un atentado cometido contra la casa cuartel de Llodio (Álava) en marzo de 1988. No obstante al haber sido condenado con el Código Penal de 1973 cumplirá 30 años en prisión por lo que no quedaría libre hasta 2019.
En agosto pasado la Sala de Vacaciones del Tribunal Constitucional rechazó el escrito presentado por el abogado Iñigo Iruín en el que se solicitaba la excarcelación de un total de 16 presos de ETA a los que se les ha aplicado la 'doctrina Parot', entre los que se encontraba Biguri Camino.