Establecen que no pese "deber alguno" sobre el presidente y los 20 vocales de comparecer ante las Cortes por razón de sus funciones
MADRID, 3 Nov. (EUROPA PRESS) -
La comisión de expertos designada por el Ministerio de Justicia para reformar el modelo y el funcionamiento del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abandonado su idea de que los jueces elijan directamente a 12 de los 20 miembros de este órgano. Ahora establecen que las Cortes Generales sean las que elijan a la totalidad de los vocales.
El último informe de la comisión, al ha tenido acceso Europa Press, establece que cada una de las Cámaras elegirá, por mayoría de tres quintos, a diez vocales, cuatro entre juristas de reconocida competencia con más de quince años de ejercicio en su profesión y seis correspondientes al turno judicial.
Podrán ser designados por el turno de juristas aquellos jueces o magistrados que no se encuentren en servicio activo en la Carrera y que cuenten con más de quince años de antigüedad en ella.
La comisión institucional, constituida el pasado marzo, elaboró con anterioridad una propuesta de reforma del Poder Judicial en la que abogaba por que los doce vocales de origen judicial fueran elegidos "por todos los jueces y magistrados en servicio activo", según el texto inicial, al que tuvo acceso Europa Press.
La reinstauración de este sistema de elección figuraba en el programa electoral del PP y fue uno de los principales anuncios que llevó el ministro Alberto Ruiz-Gallardón a su primera comparecencia ante la comisión de Justicia del Congreso de los Diputados.
Sin embargo, dejó en el aire esta propuesta cuando presentó el pasado julio en el Consejo de Ministros el informe sobre la reforma del Consejo del Poder Judicial, que estará aprobada antes de que venza el plazo de renovación del actual Consejo, en septiembre de 2013.
Gallardón abundó entonces en su deseo de lograr el "máximo consenso", y el PSOE ha manifestado en repetidas ocasiones su total rechazo a un eventual cambio en la designación de los vocales. "Es una cuestión innegociable", afirmó el portavoz del principal grupo de la oposición en materia de Justicia en el Congreso, Julio Villarrubia.
Actualmente, el órgano de gobierno de los jueces cuenta con 20 vocales, de los que 12 son jueces y magistrados elegidos por Congreso y Senado a propuesta de las asociaciones judiciales y los ocho restantes son "juristas de reconocida competencia" que también son elegidos a partes iguales por las dos Cámaras. El presidente es elegido por el Pleno electo.
ELIMINA LA OBLIGACIÓN DE EXTERIORES DE FINANCIAR VIAJES
El estudio, que es previo al anteproyecto de ley que se aprobará en el Consejo de Ministros, sigue contemplando la Memoria anual sobre el estado, funcionamiento y actividades del CGPJ y de los juzgados y tribunales que deberá remitir este órgano a las Cortes Generales. Éstas podrán requerir la comparecencia del presidente para que explique estos datos.
Fuera de este supuesto, los expertos dicen que "sobre el presidente del Tribunal Supremo y los vocales del CGPJ no pesará deber alguno de comparecer ante las Cámaras por razón de sus funciones".
Los expertos también han cambiado el artículo que afecta a las actividades internacionales del órgano de gobierno de los jueces y que serán, a partir de ahora, llevadas a cabo en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores.
En un primer momento contemplaban que serán "financiadas por éste último" y después obviaron este aspecto para indicar que serán llevadas a cabo "de acuerdo con las directrices en materia de política exterior que, en el ejercicio de sus competencias, sean fijadas" por Exteriores.
El borrador expone que los vocales, salvo los que integren la Comisión Permanente, permanezcan en servicio activo si pertenecen a la Carrera Judicial o algún cuerpo de funcionarios y que puedan seguir desempeñando su actividad profesional si son abogados, procuradores o ejercen cualquier otra profesión liberal.
Los miembros que formen la Comisión Permanente serán quienes desempeñen su cargo con carácter exclusivo y pasen a la situación administrativa de servicios especiales.