La Fiscalía recurrirá ante el Supremo la anulación de la expulsión del fiscal Frago

Actualizado: martes, 22 octubre 2013 11:42

Torres-Dulce no se siente desautorizado por la sentencia de la Audiencia Nacional, que habla de infracción del principio de legalidad

MADRID, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha anunciado este martes que interpondrá recurso de casación ante el Tribunal Supremo contra la sentencia de la Audiencia Nacional que ha anulado la expulsión de la Carrera del fiscal destinado en A Coruña Juan Antonio Frago, la primera en producirse en la etapa democrática y que fue instada a principios de este año por decreto firmado por él mismo.

Durante un desayuno informativo organizado por el foro Nueva Economía, el fiscal general ha rechazado haberse sentido desautorizado por la resolución de la Audiencia Nacional, en la que se afirma que se vulneraron sus derechos fundamentales en la tramitación del expediente y hubo también infracción del principio de legalidad.

En respuesta a una pregunta sobre este asunto que le fue realizada tras su intervención en este foro, Torres-Dulce ha explicado que la sanción al fiscal de La Coruña tuvo su origen en una propuesta de la Inspección fiscal que él acepto, y que Frago recurrió en los tribunales, pues estaba en su derecho.

"No me siento desautorizado", ha señalado el principal representante del Ministerio Público, si bien ha anunciado que interpondrá recurso para que sea el alto tribunal los que decidan en última instancia durante este asunto.

Frago fue separado del servicio por resolución del Ministerio de Justicia el pasado 25 de marzo y ahora dicha resolución se declara nula de pleno derecho. Además, se obliga a la Administración a reponerle "en su condición de funcionario miembro del Ministerio Fiscal con todas las consecuencias administrativas y económicas derivadas de ello", según reza el fallo de la sentencia.

El fiscal ahora repuesto fue sancionado por la comisión de "varias faltas de carácter muy grave", algunas de ellas relacionadas con comportamientos de "falta de respeto" a su superior, la fiscal jefa de esa provincia María Esther Fernández.

ACTUACIÓN CONFORME AL ESTATUTO

Según la sentencia de la Audiencia Nacional, Frago hizo uso de la facultad que le confiere el artículo 27 del Estatuto Fiscal cuando puso en conocimiento de su superior las razones por las cuales consideraba improcedentes las órdenes recibidas respecto de la forma en la que debía calificar los delitos de un caso concreto.

Dice la Audiencia que Fernández debió hacer traslado de ese escrito a la Junta de Fiscales, si bien en vez de optar por ello emitió orden para ordenar a Frago que calificara las citadas diligencias previas conforme a su criterio.

La sentencia, de la que fue ponente el magistrado José Félix Méndez Canseco, concluye que "en el presente caso ha sido vulnerada la prohibición de aplicar la ley sancionadora de manera extensiva en desventaja del acusado".

"El recurrente sabía (...) qué actos u omisiones podrían comprometer su responsabilidad disciplinaria -afirma la Audiencia-. Y precisamente por ello comunicó a su superior jerárquico las razones por las cuales consideraba improcedente la orden de que calificase de una determinada manera, confiando legítimamente en que la cuestión que planteaba debía ser resuelta oyendo legítimamente a la Junta de Fiscales".

Al actuar de este modo, aprecia la Audiencia, Frago no pudo incurrir en la falta de desobediencia por la que fue sancionado. Además, la citada desobediencia "exige la constancia de la fehaciente comunicación, por escrito, de una orden emitida por el superior jerárquico que posteriormente resulta desatendida" y dicha constancia tampoco se produjo.

"En este caso se ha vulnerado el principio de legalidad, precisamente aquel que debe ser defendido por el Ministerio Fiscal", dice también la Audiencia Nacional.

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