Actualizado: martes, 22 octubre 2013 13:59

   MADRID, 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

   El Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado el bloqueo de la indemnización de 30.000 euros concedida a la miembro de ETA Inés del Río por el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) para destinarla a las víctimas.

   En un auto hecho público este martes, en el que ordenan la inmediata puesta en libertad de la etarra, los 17 magistrados que componen el Pleno establecen que se impute esta cantidad "al pago de las responsabilidades civiles decretadas a favor de las víctimas" incluso en el caso de que sirva para compensar "el derecho de subrogación del Estado".

   La Gran Sala del TEDH confirmó este lunes la resolución que condenó a España el  julio de 2012 a indemnizar a la etarra con 30.000 euros por daños morales y a pagarle 1.500 euros en concepto de costas procesales, al considerar que España vulneró el Convenio de Derechos Humanos.

   Los magistrados, que han tomado esta decisión tras una reunión de más de hora y media de duración, especifican además, que la sentencia de TEDH es "de obligado cumplimiento para nuestro Estado" que se comprometió a "dar efectividad y ejecutar las sentencias del Tribunal al prestar su consentimiento al Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Civiles y Libertades Fundamentales".

    También establecen que el Convenio, en su artículo 46.1 refleja de forma concreta "el compromiso de los Estados de acatar las sentencias en los litigios en que sean demandados, algo que la sentencia se ha visto en la necesidad de recordar".

   En este sentido advierten que en el caso de no haber ejecutado "de manera adecuada" la sentencia de Estrasburgo "sería el Tribunal Constitucional el que tendría que reaccionar" anulando una decisión contraria a los derechos humanos básicos y, en concreto, al derecho a la libertad de Del Río.

   La decisión de la Sala de lo Penal ha sido remitida por fax a la cárcel de Teixeiro (A Coruña), donde se encuentra la etarra y de la que saldrá en las próximas horas en cumplimiento de esta resolución judicial, según apuntaron fuentes judiciales.

  "La resolución es clara y concluyente: incumbe al Estado asegurar la puesta en libertad de la demandante en el plazo más breve, ya que se encuentra irregularmente privada de libertad desde el 3 de julio de 2008", recuerda el Pleno.

   El auto --que advierte que la aplicación de la doctrina Parot a la etarra se dictó en el marco de un proceso judicial "por naturaleza dinámico y en evolución"-- concluye asegurando que todos los poderes públicos, y en primer lugar el tribunal sentenciador, deben "reparar y evitar la actualización de la violencia del derecho fundamental a la libertad".  "Es por ello que debe acordarse de manera inmediata su liberación, declarando extinguida la responsabilidad penal por cumplimiento de la condena", dice.

   26 AÑOS Y 3 MESES

   La resolución recuerda que Del Río ha permanecido en la cárcel 26 años y tres meses (desde el 6 de julio de 1987) en cumplimiento de ocho sentencias por los delitos de atentado con resultado de muerte, asesinatos, lesiones, estragos, tenencia ilícita de armas, depósito de explosivos, falsedad documental y pertenencia a organización terrorista.

   Aunque su salida de la cárcel se fijó inicialmente para 2008 tras aplicarle las redenciones de penas por trabajo establecidas en el Código Penal de 1973, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acumuló el 30 de noviembre de 2000 todas sus condenas y, tras aplicarle la 'doctrina Parot', señaló su salida de la cárcel para el 27 de junio de 2017, cuando se cumpliría el tope legal de 30 años.

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