Piden confirmar pena para excargo de IU por prevaricar con memoria histórica

Actualizado: jueves, 12 marzo 2015 12:02

El fiscal defiende que el responsable se apartó de la Ley para obedecer a "conveniencias políticas"

MADRID, 12 Mar. (EUROPA PRESS) -

El fiscal del Tribunal Supremo ha solicitado este jueves la confirmación de la condena de 7 años de inhabilitación impuesta por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias al exportavoz de IU en la Junta General del Principado de Asturias Ángel González por un delito de prevaricación administrativa relacionado con la forma de contratar, de forma fraccionada, la colocación de 81 hitos conmemorativos de las fosas comunes del franquismo.

A lo largo de la intervención en la vista, que fue presidida por el magistrado Cándido Conde-Pumpido, el representante del Ministerio Público ha negado que en este caso se pudiera estar hablando de contratos menores dada la cantidad de hitos conmemorativos que se encargaron.

Pese a que se trataba de un contrato de suministro con unos trámites determinados, González se saltó los requisitos porque había prisa sacar adelante esta cuestión, según ha mantenido el fiscal, y se firmaron por ello tres facturas por algo más de 17.000 euros antes incluso de que se contara con los informes preceptivos.

Existió una "insistencia" en que no había tiempo para un contrato reglado, ha añadido el fiscal, y los responsables "se apartaron de la Ley para hacer su voluntad", obedeciendo a "conveniencias políticas".

DEFENSA PIDE ABSOLUCIÓN

La defensa de González ha pedido la nulidad de todas las pruebas practicadas por la Fiscalía desde el inicio de las actuaciones en el TSJ por vulnerarse la obligación de poner en conocimiento de la persona investigada la existencia de la acusación y de los derechos que le asisten.

La abogada no pudo asistir a las declaraciones de los primeros interrogados como testigos en los hechos, que eran dos funcionarios autonómicos, y tampoco pudo proponer pruebas, lo que considera vulneró el derecho de defensa. Además, esa prueba fue determinante para la condena de González.

Igualmente, la letrada ha manifestado que también se vulneraron derechos porque no pudo proponer un orden para que declaración de su defendido durante el juicio se produjera en el último lugar y se denegó además un careo con los testigos.

Ha añadido que no se estudió si los contratos investigados eran de obra o de suministro y que cada monumento podía ofertarse de forma independiente, por lo que no existió fraccionamiento ilegal. Además, a pesar de que la legislación no lo exigía por tratarse de contratos menores, se pidieron al menos tres ofertas para cada monolito.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha visto este recurso y el del también condenado en esta causa Roberto Moro Tella, quien ostentaba el cargo de Secretario General Técnico en la Consejería de Vivienda y Bienestar Social en el momento de los hechos. El abogado de este último también solicitó la absolución de su defendido.

La sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) implicó para Ángel González la pérdida de la condición de diputado electo de la Junta General del Principado, así como la imposibilidad de concurrir a ningún tipo de elección o ser nombrado para puesto representativo o ejecutivo o gestor por una autoridad pública por dicho período, si bien no implicará la pérdida de su condición de funcionario si la tuviera.

FRACCIONAMIENTO ILEGAL DE CONTRATOS

El TSJA sostenía de forma rotunda en su resolución que existió un fraccionamiento ilegal de contratos públicos contrario al ordenamiento legal vigente y que la decisión de fraccionar los contratos "obedeció exclusivamente a la voluntad del acusado Ángel González que era, en el momento de los hechos, viceconsejero Bienestar Social".

Señalaba también que el actual diputado de IU en la Junta General "lo pudo hacer al contar con la aquiescencia y el respaldo del coacusado Roberto Moro Tella que ostentaba el cargo de Secretario General Técnico en la Consejería de Vivienda y Bienestar Social".

El fraccionamiento ilegal quedó "plenamente acreditado" por la prueba documental obrante en los autos y así para un único suministro de 81 hitos conmemorativos de las fosas comunes de piedra caliza con apertura de caja para colocación de placa así como transporte y colocación en diversos lugares de Asturias, el acusado Ángel González dictó tres resoluciones adjudicando cada uno de ellos, mediante la modalidad de contrato menor de suministro, la fabricación, entrega y colocación de 27 de dichos hitos.

Consideró también relevante el TSJA la prueba testifical de Manuel Fernández Martínez, representante de la empresa New Construction SL. y otorga "plena credibilidad" a las declaraciones de otros testigos. El TSJA sostiene que queda acreditado que Ángel González "era plenamente conocedor de la arbitrariedad que suponía el fraccionamiento realizado y lo era porque fue expresamente advertido por la funcionaria responsable de la contratación de la funcionaria Mónica Montes".

Leer más acerca de: