El TUE condena a España por no limitar la jornada de la Guardia Civil

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GUARDIA CIVIL DE CEUTA
Actualizado: jueves, 20 mayo 2010 16:18

BRUSELAS, 20 May. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha condenado a España por no aplicar en el plazo previsto a la Guardia Civil la norma comunitaria que limita la jornada laboral a 48 horas semanales, incluyendo las guardias, que según la jurisprudencia deben considerarse tiempo de trabajo.

La sentencia da la razón a la Comisión Europea, que denunció a España alegando que la normativa de la UE sobre tiempo de trabajo se aplica al personal no civil de las Administraciones Públicas y, dentro de éste, a la Guardia Civil.

El Ejecutivo comunitario emitió un dictamen motivado en octubre de 2007 por considerar que las autoridades españolas no habían adoptado medidas suficientes para que la directiva de tiempo de trabajo cubriera también a la Guardia Civil.

España respondió a Bruselas que ya estaban en curso los trámites legislativos con objeto de adaptar el derecho interno a dicha directiva por lo que respecta al personal de la Guardia Civil, y que algunas disposiciones de la directiva se aplican ya a través de circulares y órdenes generales.

La Comisión consideró insuficientes estos pasos y llevó el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE. España volvió a alegar durante el proceso que ya estaban en curso los trámites legislativos para aplicar a la Guardia Civil la directiva de tiempo de trabajo.

No obstante, en su sentencia de este jueves, el TUE dictamina que España "ha incumplido las obligaciones que le incumben" por no haber adoptado "dentro del plazo establecido" por la Comisión "todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas" para cumplir esta norma.

Durante los últimos años, los países de la UE han tratado de reformar la directiva para que los periodos inactivos de las guardias, por ejemplo cuando un médico duerme en un hospital, no se consideren tiempo de trabajo. Tratan así de responder a los problemas que ha creado la jurisprudencia del TUE, especialmente en el sector sanitario.

No obstante, la reforma fracasó por las discrepancias entre los Estados miembros y la Eurocámara respecto a si se debe mantener o no la actual excepción que permite trabajar más de 48 horas semanales si hay un acuerdo entre el empresario y el trabajador. La mayoría de los Estados miembros, encabezados por Reino Unido, defendía que se mantuviera esta excepción y que se fijara un nuevo límite de 65 horas semanales. Pero la Eurocámara rechazó este acuerdo e impidió la reforma.