MADRID, 16 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Fiscalía General del Estado propone en su Memoria Anual introducir en el Código Penal la pena de prisión de seis meses a dos años para los responsables de las páginas de enlaces que facilitan el acceso irregular a contenido protegido sin contar con permiso o autorización por parte de los titulares de los derechos de autor.
El Ministerio Fiscal quiere que se incorpore al artículo 270 del Código Penal esta figura, que actualmente está cuestionada por "la dificultad de encajar este comportamiento en algunas conductas que este artículo sanciona", al igual en su día se hizo con otros tipos penales, como es el caso de los delitos relacionados con la pornografía infantil.
Según argumenta, "la actividad que se realiza por los responsables de estas páginas de enlace facilita sin duda la ejecución de las conductas expresamente previstas en el Código Penal y potencia además la posibilidad de llevarlas a efecto, y genera a unos y a otros importantes beneficios económicos".
Además, considera que "la frecuencia con la que los usuarios de Internet utilizan este sistema como medio para la descarga o visionado de obras audiovisuales está determinando que a través de estos procedimientos se estén causando graves perjuicios, tanto a los titulares de los derechos como a la industria cultural y creativa".
Por ello, la Fiscalía propone una nueva redacción del artículo 270: "Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses quien con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero, reproduzca, plagie, facilite el acceso, distribuya o comunique públicamente, en todo o en parte una obra literaria, artística o científica o su transformación, interpretación artística o ejecución fijada en cualquier tipo de soporte o comunicada través de cualquier medio, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios".