MADRID 30 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros ha aprobado cuatro reales decretos mediante los cuales se establecen los títulos de técnico deportivo y técnico deportivo superior de baloncesto y piragüismo y se fijan sus currículos básicos y los requisitos de acceso.
Se trata del título de Técnico Deportivo en Baloncesto; Técnico Deportivo en Piragüismo de aguas bravas, de aguas tranquilas y recreativo guía en aguas bravas; Técnico Deportivo Superior en Baloncesto; Técnico Deportivo Superior en Piragüismo de aguas bravas y de aguas tranquilas.
El Gobierno indica que con estos decretos se pretende garantizar la cualificación de los profesionales, las características y organización de la especialidad correspondiente y conocer los derechos y obligaciones que se derivan de sus funciones, además de adquirir los conocimientos y habilidades necesarios "para desarrollar su labor en condiciones de seguridad".
Asimismo, subraya que el "marcado carácter técnico" de estas enseñanzas "hace necesario un desarrollo exhaustivo que garantice un mínimo común denominador, claro y orientador". A estos efectos procede determinar para cada título su identificación, perfil profesional y el entorno profesional.
Las enseñanzas de los ciclos de enseñanzas deportivas.
La correspondencia de los módulos de enseñanzas deportivas con las unidades de competencia para su acreditación, convalidación o exención, la acreditación de módulos debida a la experiencia docente, los parámetros básicos de contexto formativo para cada módulo de enseñanza deportiva --espacios, equipamientos necesarios, las titulaciones y especialidades del profesorado--.
Asimismo, el Ejecutivo explica que en cada título también se determinarán los requisitos específicos de acceso, siendo propias de estos títulos la identificación de la carga lectiva que se acredita a través de estos requisitos, la vinculación con otros estudios y las convalidaciones, exenciones y equivalencias.
PRUEBA ESPECÍFICA DE ACCESO
Se ha establecido como requisito de carácter específico la superación de una prueba de carácter específico en la que se demuestren las condiciones necesarias para cursar con aprovechamiento y seguridad las enseñanzas correspondientes.
Asimismo, en los títulos de Técnico Deportivo Superior, con el fin de facilitar el reconocimiento de créditos entre éstos y las enseñanzas conducentes a títulos universitarios y viceversa, en los ciclos de enseñanzas deportivas de Grado superior se establecerá la equivalencia de cada módulo de enseñanza deportiva con créditos europeos, ECTS.