BARCELONA 11 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado unas oposiciones convocadas por la Consejería de Gobernación de la Generalitat en 2009 para funcionarios de administraciones locales que, pese a su carácter estatal, incluían pruebas de catalán con "carácter obligatorio y eliminatorio".
Lo ha hecho al estimar el recurso de casación presentado por el Consejo General de Colegios Oficiales de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración local contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que había rechazado su pretensión de anular estas oposiciones de acceso a la subescala de intervención-tesorería.
El Supremo alega precisamente que la convocatoria era para elegir funcionarios con condición estatal, para argumentar que "carece de justificación razonable establecer como una parte o fase de ese proceso selectivo" saber catalán, según recoge en su sentencia.
Además, la Sala cree que esta exigencia coloca en una situación de "injustificada desigualdad" a los que se presenten a las oposiciones convocadas por la Generalitat frente a los que lo hagan en otros territorios del Estado.
De esta forma, el Supremo ha dado la razón al consejo que presentó el recurso de casación al creer que se trataba de "una exigencia desproporcionada", y dejaba en clara desigualdad a los que se presentasen en Cataluña.
Ha echado por tierra así la sentencia del TSJC que creyó "indispensable el conocimiento del catalán para el ejercicio de las funciones reservadas a los funcionarios habilitados estatales en Cataluña".
El TSJC había valorado también que "no resulta irrazonable ni desproporcionado" exigir su conocimiento a estos candidatos que, pese a su carácter estatal, ocuparían puestos de trabajo en las administraciones locales de Cataluña, donde el catalán es lengua oficial.