BARCELONA 26 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremio (TS) ha anulado artículos del decreto que ordena el segundo ciclo de enseñanza Infantil de la Conselleria de Enseñanza de la Generalitat, declarando nulos los artículos que definen el catalán como lengua normalmente usada como lengua vehicular en la enseñanza.
Según la sentencia del Supremo, se han anulado los artículos 4 --en sus apartados 1,3 y 4--, 5, 10 --apartado 1-- y 14 --apartado 3--, todos ellos relacionados con la vehicularidad del catalán.
Esta sentencia estima el recurso presentado contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) sobre el catalán en la escuela que falló a favor de la inmersión lingüística.