AMP.- Monsanto estudia las repercusiones jurídicas de la sentencia del TJUE sobre la miel con polen de maíz MON810

Actualizado: jueves, 8 septiembre 2011 14:54

MADRID 8 Sep. (EUROPA PRESS) -

La multinacional de transgénicos Monsanto está "considerando las repercusiones jurídicas" de la sentencia emitida este martes por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que dictamina que la miel contaminada de polen derivado de un organismo transgénico no puede comercializarse sin autorización previa.

Así lo han asegurado fuentes de Monsanto a Europa Press que manifiestan que "no debería haber ninguna restricción" para la puesta en el mercado de la UE de la miel que contenga el polen del maíz MON810.

Además, subrayan que "todos los productos alimenticios que contienen polen de maíz MON810, incluida la miel, tienen todas las aprobaciones normativas necesarias en la Unión Europea (UE).

En este sentido, han añadido que "todos" los usos alimenticios del maíz MON810 han sido evaluados y autorizados por las autoridades regulatorias de la UE, dado que MON810 se encuentra en varios productos de maíz que combinan modificaciones genéticas que han sido aprobadas para todos los usos alimenticios, incluyendo el uso alimenticio de polen.

De este modo, se refiere a la autorización emitida por la Comisión Europea el 28 de julio de 2010 que establece la autorización de alimentos e ingredientes alimenticios que contienen, se componen o producen a partir de MON88017 x MON810".

Asimismo, recuerda que MON810 fue autorizado en 1998 bajo la Directiva 90/220 y que esta normativa fue modificada y ampliada en 2001 y 2003, por lo que la autorización actual cubre "determinados productos elaborados a partir de organismos modificados genéticamente (OGM) como harina o triturados.

Respecto a la decisión del TJUE, Monsanto ha explicado que la autorización actual de MON810 para la puesta en el mercado y en el cultivo en la UE "no está directamente afectada" por dicha sentencia que, según añade, confirma que el polen modificado genéticamente no viable "no puede ser considerado como organismo modificado genéticamente".

Finalmente, recuerda que el tribunal europeo estima que el polen en cuestión es un producto a partir de OMG y que constituye un "ingrediente" de la miel y de los complementos alimenticios elaborados con polen, y por lo tanto "debe estar sujeto a la autorización para su puesta en el mercado".