PAMPLONA, 11 Nov. (EUROPA PRESS) -
El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Pamplona ha condenado a un padre a 16 días de trabajos comunitarios por un delito de lesiones por haber zarandeado a su hijo de cuatro años. El acusado no podrá aproximarse a su hijo durante 3 meses a menos de 200 metros. La sentencia puede ser recurrida.
Según la sentencia, los hechos ocurrieron en septiembre de 2009, cuando el padre "cogió a su hijo de cuatro años por la parte posterior del cuello de la camiseta y lo alzó de la silla en la que se encontraba sentado provocándole una equimosis (moratón) en la parte anterior del cuello".
En el momento de los hechos, el acusado estaba disfrutando del régimen de visitas establecido judicialmente para sus dos hijos menores, cuya guarda y custodia está atribuida a la madre.
Al entregarle el padre los hijos a la madre tras un fin de semana que le correspondía, ella lo vio un moratón e hinchazón en el cuello, algo que los dos hijos menores atribuyeron al padre. La tutora del menor en el colegio ratificó que el niño le dio la misma versión, según consta en la sentencia.
Además, un parte médico del Hospital Virgen del Camino recoge que la lesión "coincide con compresión de cuello de camiseta al tirar de ésta hacia arriba".
El padre atribuyó los hechos a un compañero de clase del menor que supuestamente ya le habría agredido otras veces, algo que rechazan su tutora en el colegio, el encargado del comedor y la madre.
Para imponer la condena, el juez señala que, "por la dinámica de los hechos, no parece probable que las lesiones fueran ocasionadas con dolo directo, sino que serían más bien el resultado de una conducta consistente en trasladar bruscamente al niño de un lugar a otro, probablemente en un momento de enfado con él". "Por ello, por la escasa trascendencia del menoscabo físico infligido y por el carácter ocasional de la convivencia, consideramos procedente eludir la pena de prisión e imponer las penas en su duración mínima", agrega.