El TC analizó 127 cuestiones de inconstitucionalidad y avaló, por primera vez en 2008, los tipos penales diferenciados por sexo
MADRID, 11 Dic. (EUROPA PRESS) -
El agravante de género para incrementar las penas en caso de lesiones, malos tratos, amenazas y coacciones leves cuando los cometen hombres contra sus parejas o exparejas -art.153.1 del Código Penal--, introducido la Ley Integral contra la Violencia de Género y que Ciudadanos quiere modificar la próxima legislatura, ya centró la polémica durante la tramitación de la norma hace 11 años. Partidos políticos, órganos consultivos y, posteriormente, tribunales manifestaron en 2004 sus dudas al respecto.
La norma, primera que quiso aprobar el entonces presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, al llegar al Ejecutivo, recogía esta reforma del Código Penal desde sus inicios. La primera crítica partió del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que en su dictamen sobre el texto, cuyo ponente fue el conservador José Luis Requero, --apoyada por 10 vocales y rechazada por 9-- señalaba "dudas de constitucionalidad" por la creación de nuevos tipos penales en los que el sujeto activo siempre es el hombre y el pasivo la mujer.
El entonces ministro de Trabajo, Jesús Caldera, ya había avisado de que el Ejecutivo no incorporaría sugerencias, preceptivas pero no vinculantes, que neutralizaran la acción positiva hacia las mujeres. "Aquellas propuestas que delimiten la protección y el refuerzo especial, la acción positiva en favor de la mujer, que es la que sufre la violencia de género, con algunas excepciones, como algunas que propone el ponente del CGPJ, no serán aceptadas", advirtió en junio de 2004.
Otro órgano consultivo, el Consejo de Estado, sí avaló la constitucionalidad de la discriminación positiva en el ámbito penal, aunque precisó que estaban más justificadas cuando se refieren a la protección y asistencia de las víctimas.
EL PP Y CAMARERO, EN CONTRA
Las críticas tampoco se hicieron esperar por parte del principal partido de la oposición. Su portavoz en la Comisión Mixta de los Derechos de la Mujer, Susana Camarero, actual secretaria de Estado de Igualdad y Servicios Sociales, advertía de que era "una mala ley, ineficaz e inoportuna y que excluye a los mayores, a los hombres, a los niños o a los homosexuales". "Todas las víctimas de violencia de género se tienen que incluir en esta ley", decía ese mismo mes.
En todo caso, ningún grupo parlamentario presentó una enmienda de totalidad a la Ley cuando llegó al Congreso. A la defensa de esta discriminación penal se unió el entonces ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar. "Nosotros sabemos que si una mujer nos amenaza con darnos un tortazo no nos sentimos intimidados ni aterrorizados, ni obligados a permanecer esclavos de esa situación --explicaba en julio de 2004--, pero ¿quién de nosotros puede asegurar que esa no es la situación que padecen cientos de mujeres cuando son amenazadas por los hombres con los que conviven?".
Lo mismo hizo el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero durante el XXXVI Congreso del PSOE, en el que recalcó que su Gobierno no estaba dispuesto a dar "un paso atrás" en la discriminación positiva.
RAJOY TAMBIÉN LO RECHAZABA
Por el contrario, el entonces jefe de la oposición, Mariano Rajoy, advertía de que, aunque el PP no votaría en contra de la Ley, podría presentar una iniciativa para que la futura norma proteja también a los niños, ancianos u hombres en esa situación. "Nosotros no vamos a votar en contra, aunque presentaríamos una iniciativa para que se aplicara a otro tipo de situaciones. En España, las situaciones de los niños y de las personas mayores pueden estar contempladas por la ley, y la de los hombres también, y si el PSOE no quiere introducirlas en esta Ley, nosotros plantearemos que también se incluyan", señaló.
En el Congreso, los 'populares' presentaron 101 enmiendas al texto, entre otras cosas, para eliminar el agravante de género, aunque sin pedir la incorporación expresa a la ley de otros sujetos, como los hombres o las personas mayores, porque, como comentó la portavoz adjunta del Grupo Popular Ana Torme, la violencia de género afecta fundamentalmente a las mujeres. En todo caso, a juicio del PP en aquel momento, era mejor extender el incremento de penas en todos los casos sin diferenciar el sexo de los sujetos.
"No sólo por los problemas de constitucionalidad que se han venido planteando --explicaba Torme--, sino porque esta redacción puede crear indefensión en las mujeres que denuncian, ya que algunos expertos ya ha alertado de que los inculpados pueden plantear recursos de inconstitucionalidad que dejan a la víctima desprotegida hasta que el Tribunal Constitucional resuelva".
Y así pasó, el Constitucional analizó 127 cuestiones de inconstitucionalidad presentadas por distintos tribunales y, por primera vez en 2008, avaló la constitucionalidad de la discriminación penal positiva.
LA OPOSICIÓN, TAMBIÉN EN CONTRA
En todo caso, el PP no se quedó sólo en sus críticas a este agravante, ya que casi todo el arco parlamentario pidió su supresión o modificación durante la tramitación parlamentaria en el Congreso. Los socialistas, en aras del consenso, incluso barajaron sustituir el agravamiento de penas al varón por el de sujeto de "posición dominante", fórmula que no desagradaba a la oposición.
"Es más coherente con nuestras propias enmiendas --dijo entonces la 'popular' Susana Camarero--, porque elimina la discriminación por sexo y estamos abiertos a cualquier modificación que termine con las dudas de constitucionalidad que plantea el texto actual".
En la misma línea habló entonces por Izquierda Verde la diputada Carme García: "Nosotros no veíamos lo de los nuevos tipos penales. Las nuevas líneas planteadas, con un agravamiento común de los delitos vinculados a la violencia de género podría ser una fórmula que se acomoda al planteamiento de todos los grupos". También las diputadas de CiU y PNV, Mercé Pigem y Margarita Uría, se mostraban favorables al cambio.
Sin embargo, el Ministerio de Trabajo, autor del proyecto, insistía en aquella época en que el agravamiento de género debía mantenerse. Finalmente, se mantuvo la discriminación positiva penal a la mujer, pero también se elevó el agravamiento cuando el maltrato se ejerce contra grupos especialmente vulnerables que convivan con el agresor, independientemente del sexo de éste.
ACUERDO UNÁNIME
La ley fue aprobada por unanimidad (325 votos emitidos y 325 votos a favor) en el Congreso el 22 de diciembre de 2004. En su intervención final --cuatro años antes de que se pronunciase el TC--, Camarero advirtió de que no se habían disipado las dudas de constitucionalidad, según consta en el diario de sesiones del Congreso.
"En esta cuestión, que ha sido muy debatida pero conviene recordar, el Gobierno quiso un tipo penal distinto para hombres y mujeres, aunque la conducta sea la misma, en este caso amenazas y coacciones. Si un hombre amenaza o coacciona es un delito más grave que si lo hace una mujer. Esta medida suscitó la crítica prácticamente unánime de los profesionales del derecho, que consideraban que nos encontrábamos no solamente ante una discriminación inconstitucional sino ante un grave retroceso a tiempos pasados. Antes, es cierto, en regímenes predemocráticos, se tipificaba de forma distinta el adulterio y el amancebamiento", advirtió.
Por su parte, el ministro de Trabajo se mantuvo en la defensa de la discriminación penal positiva. "Cuando los derechos no son patrimonio de todos es preciso forzar el ritmo con acciones discriminatorias positivas. Cuando las desigualdades son de gran calado es preciso introducir acciones desiguales para realmente igualar. Y cuando el derecho a la autonomía personal, léase en femenino, se constriñe o simplemente se anula, no podemos mirar hacia otro lado", sentenció.