MADRID 13 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio del Interior no impondrá una doble sanción de multa y expulsión a los extranjeros que cometan infracciones muy graves (como atentar contra la seguridad nacional) o determinadas infracciones graves (por ejemplo, vivir o trabajar sin permiso de residencia), según han confirmado a Europa Press fuentes de este departamento.
El abogado y responsable de CEAR Euskadi Javier Galpasoro había advertido este viernes de que la Disposición Adicional Primera del anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, todavía en fase de borrador, imponía que para los extranjeros que realizaran conductas definidas en esta misma norma como graves o muy graves, "podría aplicarse, además de la sanción de multa, la expulsión del territorio español".
En efecto, esta posibilidad se recogía en la Disposición Final Primera de un borrador del anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, con fecha de noviembre, al que ha tenido acceso Europa Press. Este precepto contemplaba una reforma del artículo 57 de la Ley de Extranjería para explicitar que en estos casos podrá aplicarse, además de la sanción de multa, la expulsión del territorio español, previa tramitación del correspondiente expediente administrativo y mediante resolución motivada.
Además, la disposición eliminaba otro precepto previsto ahora en la Ley de Extranjería que determina que "en ningún caso podrán imponerse conjuntamente las sanciones de expulsión y multa".
El vigente artículo 57 de la Ley de Extranjería establece que cuando se cometan estas actuaciones puede aplicarse, en atención al principio de proporcionalidad, en lugar de la sanción de multa, la expulsión del territorio español, previa la tramitación del correspondiente expediente administrativo y mediante la resolución motivada que valore los hechos que configuran la infracción. Y, efectivamente, mantiene que la multa y la expulsión no pueden imponerse conjuntamente.
En todo caso, parece que esta normativa seguirá como en la actualidad, ya que el Ministerio del Interior decidió eliminar esta modificación de la Ley de Extranjería del anteproyecto de Ley de Seguridad Ciudadana, que en un nuevo borrador del texto, también con fecha del mes de noviembre, ya no hace referencia alguna a un cambio normativo en materia de extranjería. La nueva redacción, a la que ha tenido acceso Europa Press, recoge tres disposiciones finales en lugar de cuatro, y la primera de ellas (antes referida a la mencionada reforma) se refiere a los títulos competenciales.