El Ayuntamiento de Almería autoriza 27 enterramientos de beneficencia entre 2023 y 2024 en el cementerio de San José

Archivo - Cementerio de San José y Santa Adela de Almería.
Archivo - Cementerio de San José y Santa Adela de Almería. - AYUNTAMIENTO DE ALMERÍA - Archivo

ALMERÍA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Almería, a través de la empresa concesionaria de los servicios de cementerios, tanatorio y crematorio en el municipio, ha realizado entre el pasado año y lo que va de 2024 un total de 27 enterramientos de beneficencia, en los que se incluyen la inhumación de cadáveres no identificados o no reclamados por sus familiares.

Fuentes municipales han concretado a Europa Press que durante este año se han acometido 13 entierros de este tipo a partir de los procedimientos iniciados en los Servicios Sociales del Área de Integración Social, Participación y Distritos, toda vez que durante todo 2023 se efectuaron 14 inhumaciones.

En este sentido, y conforme el contrato articulado con la entidad concesionaria ASV Funeser, el Consistorio cuenta con capacidad para efectuar hasta 40 entierros de caridad al año, todos ellos en el cementerio municipal de San José y Santa Adela, que es el espacio destinado a este tipo de inhumaciones, por un periodo de cinco años.

Así, y conforme a la normativa vigente, los servicios sociales son los encargados de emitir un informe en el que determinan que la persona fallecida no tiene recursos para poder ser enterrado, lo que permite dar orden a la concesionaria para que se proceda un enterramiento de beneficencia.

La misma ordenanza reguladora del servicio de cementerios exime de pago por servicios asociados a las inhumaciones tales como traslado en coche fúnebre a cementerio, sudario, féretro, certificado de defunción o trámite para obtención de licencia de enterramiento, entre otros aspectos, a quienes estén en "situación de vulnerabilidad social debidamente acreditada".

De igual forma, están libres de este tipo de gastos las inhumaciones que se ordenen por parte de la autoridad judicial, que tendrán la consideración de enterramientos de beneficencia y serán sufragados por la concesionaria o el Ayuntamiento, en las condiciones establecidas en el contrato de concesión.

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