Carboneras (Almería) responde al TSJA que revisará la licencia del Algarrobico "de la forma más inmediata posible"

Archivo - Hotel de Azata ubicado en la playa de El Algarrobico, en Carboneras (Almería)
Archivo - Hotel de Azata ubicado en la playa de El Algarrobico, en Carboneras (Almería) - EUROPA PRESS/GREENPEACE - Archivo
Actualizado: jueves, 11 enero 2024 14:21

CARBONERAS (ALMERÍA), 11 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Carboneras (Almería) ha trasladado al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que iniciará el expediente de revisión de oficio de la licencia municipal de obras del hotel de Azata en El Algarrobico "de la forma más inmediata posible en las próximas fechas" y ha defendido que está llevando a cabo "las actuaciones pertinentes" para la "ejecución" de las sentencias firmes "en relación" al paraje protegida.

En un escrito, consultado por Europa Press, el consistorio da así respuesta al requerimiento que le hizo el TSJA para solicitar nueva información sobre el grado de cumplimiento de los pronunciamientos judiciales tras el pleno municipal fallido que se celebró en noviembre y en el que no pudo salir adelante una corrección del PGOU que facilitaría declarar nula de pleno derecho la licencia de obras.

El ayuntamiento que ahora preside Felipe Cayuela (PP) indica a la sala que el acuerdo adoptado para anular el sector urbanístico ST-1 o 'Algarrobico' que daba vía libre al desarrollo del suelo "muestra" que está "desarrollando" acciones en orden a ejecutar las sentencias, aunque admite que es "absolutamente cierto" que debe también "proceder" a la incoación del expediente de revisión de oficio.

"Con ello --en referencia a la desclasificación como urbanizable del suelo-- no se agotan las necesidades de ejecución derivadas de la sentencia de julio de 2021, de tal manera que el Ayuntamiento debe, de conformidad con el fallo de la misma, incoar el expediente de revisión de oficio de la licencia concedida, actuaciones a las que procederá de la forma más inmediata posible en las próximas fechas", según precisa.

Al hilo de esto, el ayuntamiento alega contra la demanda de ejecución forzosa de los colectivos Greenpeace, Ecologistas en Acción y Salvemos Mojácar, y afirma que esta se formuló sin que hubiese trascurrido el plazo de tres meses desde que se declaró la firmeza de la sentencia e, incluso, se solicitó "con antelación" a que fuera recibida en el TSJA por parte del Tribunal Supremo.

"La presente demanda de ejecución se formula en el mes de abril de 2023, con
anterioridad, por tanto, a que las actuaciones provenientes del Tribunal Supremo
fueran recibidas por la sala y, comunicadas al Ayuntamiento, para pasar a ser
susceptibles de ejecución", concluye el escrito, de 9 de enero, aunque el TSJA pidió explicaciones el 14 de diciembre y daba un plazo para contestar de tan solo cinco días.

Cabe recordar que el alcalde carbonero informó el pasado mes de octubre al TSJA que iniciaría la revisión de oficio de la licencia de obras del hotel de Azata en El Algarrobico, aunque le advertía de que tenía que enmendar previamente el acuerdo de la anterior corporación que calificaba el suelo como "no urbanizable de especial protección" en la línea de lo solicitado por la Junta de Andalucía y los colectivos ecologistas.

La sala acordó días después suspender las actuaciones para la ejecución forzosa "a la espera" del resultado del pleno ordinario que se celebró el 29 noviembre, si bien a la postre este resultó fallido, ya que la corrección del PGOU no pudo salir adelante al gobernar el PP en minoría y tampoco se incluyó en el orden del día la incoación del expediente para anular la licencia de obras, condición indispensable para proceder a la demolición de la edificación.

CONTENCIOSO DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA

El pleno rechazó la propuesta del equipo de Gobierno de Felipe Cayuela para introducir la rectificación que exige la Junta de Andalucía en el acuerdo que desclasificó como urbanizable en el planeamiento urbanístico el suelo del Algarrobico en el mes de abril, bajo mandato del PSOE.

La enmienda, que supone el reconocimiento implícito de que el paraje es espacio protegido desde 1994, fecha de entrada en vigor de la normativa ambiental que rige en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar, se desestimó con los votos desfavorables de los cinco ediles del PSOE, y la abstención de los concejales de Ciudadanos y del edil no adscrito.

La Junta le hizo un requerimiento previo al Ayuntamiento carbonero para que realizase la corrección, pero, ante la falta de respuesta y ya con nuevo alcalde, el Gobierno andaluz decidió en septiembre tomar la vía contencioso-administrativa en el propio TSJA.

La propuesta rechazada por la corporación suprime del anterior texto por el que se anuló el sector urbanístico ST-1 o Algarrobico las alusiones relativas a "anular y eliminar la clasificación urbanística vigente" y la expresión "por efectos sobrevenidos al planeamiento vigente de directa aplicación por la legislación sectorial del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Cabo de Gata-Níjar, por el que se precisan los límites del citado Parque Natural".

La nueva redacción se "limita" a recoger "formalmente" en el PGOU de Carboneras "la clasificación de los terrenos como suelo no urbanizable de especial protección con grado C1 o Áreas naturales de interés general, ratificado por Sentencia del TSJA 2000/2016, confirmada por el TS mediante sentencia 634/2018 de 19 de abril de 2018".

CONDICIÓN INDISPENSABLE PARA EL DERRIBO

El Tribunal Supremo ha determinado en sentencia firme que para que los terrenos del Algarrobico sean "devueltos a su estado originario, que debió mantenerse inalterable", es necesario antes revisar la licencia de obras para, así, "garantizar el interés económico, social y jurídico de las partes implicadas".

Si el ayuntamiento declara nulo el permiso municipal que se concedió en 2003, el siguiente paso natural es la incoación de un expediente de demolición sobre la edificación de una veintena de plantas y 411 habitaciones de Azata, que mantiene vivas las reclamaciones por responsabilidad patrimonial ante los tribunales.

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