ALMERÍA 24 Mar. (EUROPA PRESS) -
Una juez de Almería ha condenado a un año de prisión a un hombre acusado de cultivar en una vivienda de la capital más de 400 plantas de marihuana que sostenía mediante un enganche fraudulento a la red eléctrica, lo que le permitía abastecer aparatos de aire acondicionado, focos y transformadores con los que estimular el crecimiento de las plantas.
El fallo consultado por Europa Press, dictado en firme ante el reconocimiento de los hechos por parte del acusado, lo condena por un delito contra la salud pública y otro de defraudación de fluido eléctrico, por el que además le impone una multa de tres meses a razón de seis euros diarios.
La sentencia considera que el acusado, que carecía hasta entonces de antecedentes penales, empleaba un domicilio situado en el barrio de Los Molinos de Almería para el cultivo de "grandes cantidades de marihuana".
En este sentido, los agentes de la Policía Nacional procedieron a la entrada y registro de la vivienda el 17 de octubre del pasado bajo la autorización judicial del Juzgado de Instrucción 3 de la capital, lo que les permitió intervenir 415 plantas de aproximadamente un metro de altura.
En total, la operación permitió a los agentes aprehenderse de más de 4,5 kilos de hoja seca de marihuana con un bajo porcentaje de THC así como de otros elementos para favorecer el crecimiento del cultivo, como casi un centenar de focos y transformadores, un extractor, un filtro o cinco máquinas de aire acondicionado, entre otros elementos.
La sustancia intervenida, que estaba destinada a ser distribuida a terceras personas, habría alcanzado un valor en el mercado ilícito de casi 29.500 euros conforme a las estimaciones efectuadas.
Además, el acusado disponía de una conexión irregular a la red eléctrica, puesto que carecía de contador y de contrato, para conseguir la energía con la que abastecer el cultivo. Según el cálculo de la compañía eléctrica, la conexión fraudulenta le habría ocasionado un perjuicio de casi 28.900 euros, que reclamó.
La sentencia suspende la pena privativa de libertad por un periodo de dos años con la condición de que el acusado no vuelva a delinquir, toda vez que le impone una multa de 29.483,14 euros con responsabilidad personal subsidiaria de seis meses de cárcel en caso de impago.