Condenado a seis años de cárcel por intentar matar con una piedra a un hombre en una zona chabolista de Níjar (Almería)

Archivo - Asentamiento de Atochares en Níjar (Almería) en febrero de 2021.
Archivo - Asentamiento de Atochares en Níjar (Almería) en febrero de 2021. - CÁRITAS - Archivo
Publicado: viernes, 20 diciembre 2024 14:44

ALMERÍA 20 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial ha condenado a seis años de prisión a un hombre que intentó acabar con la vida de otro después de que le golpeara "fuertemente" en la cabeza con una piedra tras una discusión en el poblado chabolista de Atochares, en Níjar (Almería).

En su sentencia, consultada por Europa Press, la Sección Tercera condena al acusado de un delito de homicidio en grado de tentativa por el que además le impone la prohibición de comunicarse y acercarse a la víctima, a la que deberá indemnizar con 24.925 euros, durante un periodo de siete años.

El fallo, contra el que cabe recurso de apelación, da por probado que el 27 de abril de 2021 el acusado, que se encontraba en situación irregular en el país, inició una discusión con su vecino en el poblado de chabolas de Atochares por motivos que no han trascendido.

Así, en el curso de dicha discusión, el acusado cogió una piedra del suelo y "con intención de acabar con la vida" de su vecino, le golpeó "fuertemente" en la cabeza, lo que le provocó un traumatismo craneoencefálico grave y una fractura por la que tuvo que ser intervenido quirúrgicamente.

La víctima pasó 14 días ingresado en la UCI del hospital y 111 días incapacitado para su ocupaciones habituales, toda vez que le han quedado secuelas así como un perjuicio estético "moderado" por cicatrices.

El acusado sostuvo durante el juicio que fue la víctima quien primero le "golpeó con un palo" de modo que "para defenderse" cogió una piedra, la cual lanzó "sin saber hacia dónde iba dirigida" antes de marcharse del lugar "por temor" a los familiares del afectado.

El tribunal desecha la versión ofrecida por el acusado al considerar que los hechos "nunca" pudieron ocurrir así debido a la gravedad de las lesiones presentadas por la víctima, que "no pudieron causarse por lanzar una piedra de pequeñas dimensiones contra la cabeza del perjudicado". "La conducta del acusado evidencia una intención de golpear la cabeza y causar un daño", mantiene en sus fundamentos.

Del mismo modo, descarta encuadrar los hechos en un delito de lesiones o lesiones imprudentes como pretendía la defensa al apreciar una "voluntad de matar" por parte del acusado en su ataque, que tuvo lugar "en el seno de una discusión", con un objeto "peligroso" y de "gran capacidad lesiva", y por la zona del cuerpo a la que dirigió el golpe, "de evidente riesgo vital", en un momento en el que "el perjudicado estaba marchándose".

Contador

Leer más acerca de: