Condenan a una firma francesa a indemnizar con 55.000 euros a Cosentino por difamar a la compañía

Archivo - Sede de la multinacional Cosentino, en Cantoria (Almería)
Archivo - Sede de la multinacional Cosentino, en Cantoria (Almería) - EXTENDA - Archivo
Actualizado: jueves, 29 febrero 2024 12:15

ALMERÍA, 29 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Corte de Apelación de París ha condenado al marmolista francés Marbrerie des Yvelines (MDY) al pago de 55.000 euros en indemnizaciones a favor de la multinacional española Cosentino por daños morales y de imagen comercial, además de costas, al considerar que sus afirmaciones con las que vinculaban los aglomerados de cuarzo con riesgos para la salud excedían los límites de la libertad de expresión al desprestigiar y denigrar los productos comercializados por la firma española.

El fallo apunta la gravedad de los comentarios efectuados desde la empresa francesa en relación a los supuestos perjuicios para la salud del aglomerado de cuarzo cuando, en realidad, es un material que está autorizado para la producción de superficies de cocina, sentido en el que además la compañía española cuenta con varios certificados que avalan la seguridad del producto.

La sentencia, consultada por Europa Press y avanzada por el portal FocusPiedra, apunta que los comentarios y mensajes incriminatorios "exceden los límites de la libertad de expresión" y "desprestigian las encimeras de cuarzo sintético fabricadas y comercializadas por Cosentino", toda vez que "tienen un carácter denigrante".

Asimismo, observa que los mensajes "denigratorios" de MDY en sus campañas publicitarias o en redes sociales están asociados "a una comunicación a favor de sus propios productos de arenisca o granito presentados como naturales y, por tanto, seguros".

La compañía con sede en Cantoria (Almería) ha valorado la resolución judicial emitida a partir de su demanda ante los comentarios y mensajes de naturaleza difamatoria de MDY y su gerente, Philippe Ledrans, al haberse demostrado que los mismos "exceden todos los límites de la libertad de expresión y que su única intención era desprestigiar los productos comercializados por Cosentino".

La sentencia afirma igualmente que "la difamación atribuida a MDY está directamente conectada con un interés comercial en el sentido de promocionar sus productos de piedra natural frente a las superficies minerales híbridas", apunta la compañía en un comunicado, en el que destaca que el tribunal asevera que Silestone "cuenta con todos los certificados necesarios para garantizar su uso seguro en sus distintas aplicaciones".

"El señor Ledrans llegó a afirmar en la televisión francesa que la única diferencia con los asbestos es que no usamos asbestos para cocinar comida, sin embargo usamos este producto --las superficies minerales híbridas-- que contiene alrededor de cuarenta componentes nocivos, para hacer una tarta, cortar verduras, frutas etc., que es para lo que sirven las encimeras de cocina", reproduce la mercantil española.

Leer más acerca de: