MADRID, 23 Dic. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes una partida de ayudas para compensar los daños causados por la lluvia y las inundaciones una vez que también ha declarado "zonas afectadas gravemente por emergencias" a las regiones más afectadas por el temporal que desde el pasado 17 de diciembre afectó la semana pasada a la provincia de Almería, así como a la Comunidad Valenciana, Murcia, Baleares y Albacete.
Así lo ha anunciado el ministro portavoz del Gobierno, Íñigo Méndez de Vigo, que también ha explicado que el Consejo de Ministros ha adoptado las ayudas habituales por daños personales y materiales que se vienen concediendo en situaciones catastróficas similares, y se prevé que, a iniciativa de los ministerios competentes, se concreten los beneficios fiscales y las medidas laborales y de Seguridad Social previstas en la Ley del Sistema Nacional de Protección Civil.
En este caso se ha aprobado un elenco mayor de medidas respecto a las recientemente aprobadas con motivo de las inundaciones acaecidas en Cádiz, Huelva, Málaga, Castellón, Valencia y Alicante, y el pedrisco de Badajoz, el pasado 9 de diciembre. No obstante, su aplicación se extiende a estas inundaciones de hace quince días, es decir a las de Andalucía recogidas en el Acuerdo de 9 de diciembre de 2016, para así adoptar el mismo tipo de medidas ante siniestros similares.
Las ayudas competencia del Ministerio del Interior son las que afectan a los daños personales, a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad, a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo prestaciones personales o de bienes, a los titulares de establecimientos y compensaciones a las corporaciones locales.
Respecto a las cuantías, conforme a lo dispuesto en un Real Decreto del 18 de marzo de 2005, se establecen ayudas por fallecimiento o incapacidad permanente de 18.000 euros; por destrucción o daños en enseres con el límite de 2.580 euros; ayudas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos de hasta 8.000 euros; ayudas a las personas físicas o jurídicas por el importe total de los gastos; y ayudas a las corporaciones locales para gastos realizados por actuaciones inaplazables de emergencia.
Asimismo, las ayudas por daños en las viviendas contemplan un máximo de 15.120 euros por destrucción total; el 50 por ciento de los daños con un máximo de 10.320 por daños a la estructura; el 50 por ciento de los daños, con un máximo de 5.160 euros por daños a elementos comunes de una comunidad de propietarios; y 2.580 euros por destrucción o daños en los enseres de primera necesidad.
Respecto a los beneficios fiscales, se prevé la exención de las tasas a la hora de tramitar las bajas de vehículos y cuando se proceda a la expedición de los permisos de conducción o circulación.
En lo que se refiere a las medidas que son competencia de otros Ministerios, la efectividad de estas ayudas quedará condicionada a la aprobación por parte de los titulares de cada uno de los diferentes departamentos.
El Gobierno ha advertido además de que, teniendo en cuenta que los siniestros se han producido recientemente, aún no se han podido cuantificar de manera definitiva los daños producidos.