ALMERÍA 14 Sep. (EUROPA PRESS) -
Ecologistas han celebrado este jueves la "intervención" de la Junta de Andalucía en la ejecución de las sentencias entorno al paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), y el hotel de Azata, y han señalado que, si los terrenos son "protegidos desde el año 1994", la licencia municipal de obras concedida en 2003 es "nula de pleno derecho".
Ha remarcado que la "matización" hecha por la Junta al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en la que sostiene que el suelo es "no urbanizable de especial protección desde 1994" significa que el Ayuntamiento carbonero "tiene la obligación de anularla".
En declaraciones realizadas a Europa Press, el abogado en todos los procedimientos judiciales, José Ignacio Domínguez, ha remarcado que la puntualización que ha trasladado la Junta al tribunal "es muy importante" de cara a la consecución definitiva de la demolición de la edificación de 22 plantas y 411 habitaciones.
"La Junta de Andalucía por fin ha intervenido en el asunto y lo ha hecho de manera muy acertada", ha afirmado Domínguez, quien ha añadido que el Tribunal Supremo (TS) "ya ha ordenado al Ayuntamiento anular la licencia municipal" mediante procedimiento de revisión de oficio, "aunque sigue sin hacer caso".
Al hilo de esto, el abogado conservacionista ha subrayado que la Junta no acepta el argumento dado por el Ayuntamiento en el acuerdo de pleno por el que "modificó" la calificación del paraje como no urbanizable de especial protección y, por eso, pide al TSJA que lo anule ya que no daría cumplimiento a la sentencia.
"Los terrenos son protegidos desde 1994 y no son, como dice el Ayuntamiento, urbanizables hasta que han surgido unas incidencias sobrevenidas nuevas que le han obligado a cambiar el PGOU", ha concluido.
La Junta de Andalucía ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ordene "expresamente" al Ayuntamiento de Carboneras (Almería) a reflejar, tanto "en sus documentos" como "en sus decisiones", que el paraje de El Algarrobico y el suelo sobre el que se levanta el hotel de Azata son "suelo no urbanizable de especial protección desde 1994".
Por esta razón, solicita, además, que el alto tribunal andaluz anule parcialmente el acuerdo municipal adoptado en pleno el pasado mes de abril al considerar que no era "necesario" porque El Algarrobico tiene, 'de facto', la clasificación de suelo protegido donde no se puede edificar "desde 1994", año en el que se publicó la normativa ambiental del parque natural de Cabo de Gata-Níjar.
Para el Gobierno andaluz, la condición de no urbanizable del suelo de este paraje "no procede de efectos sobrevenidos" como sostiene el Ayuntamiento en su acuerdo de pleno de 26 de abril, sino que ha quedado "establecida judicialmente con efectos desde 1994, mucho antes de que, en 2009", según remarca, se aprobase por la corporación municipal la calificación como urbanizable "ahora anulada".
"DEFECTUOSO CUMPLIMIENTO DE LAS SENTENCIAS" POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO
El incidente de ejecución que ha presentado la Junta al TSJA, al que ha tenido acceso Europa Press y con el que irrumpe en el procedimiento que hasta ahora solo han impulsado los colectivos ecologistas, argumenta que hay un "defectuoso cumplimiento" de las sentencias por parte del Ayuntamiento de Carboneras de acuerdo al examen hecho del acuerdo remitido a la Consejería de Fomento para su inscripción en el Registro de Planeamiento.
El Tribunal Supremo (concluyó en enero que la "complejidad" que rodea al hotel de impide ordenar su demolición por vía judicial, ya que la licencia municipal de obras concedida en 2003 "sigue siendo plenamente legal casi 20 años después" pese a la normativa ambiental que rige en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar y la Ley de Costas.
Consideró, asimismo, que existe una "inadmisible lenidad de todas las administraciones involucradas" en alusión a Ayuntamiento de Carboneras, Junta de Andalucía y Estado y que esta "ha propiciado una actuación carente de toda razón y toda lógica" en torno a la construcción del hotel. No obstante, avisó de que la solución "no puede distorsionar las instituciones jurídicas".
"No parece que tales complicaciones jurídicas, e incluso subjetivas por la pluralidad de administraciones implicadas, con Ayuntamiento, Junta y Estado, puedan resolverse sin que se lleven a cabo los trámites del procedimiento legalmente previsto, es decir, la revisión de oficio", remarcó. La revisión de oficio del permiso municipal debe llevarla a cabo el consistorio.