ALMERÍA 21 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Almería ha condenado a prisión permanente revisable a Hadifa C. después de que un tribunal de jurado la declarase culpable de haber acabado con la vida de su recién nacida instantes después de su alumbramiento en el cortijo en el que vivía en Vícar (Almería) para, posteriormente, enterrar su cuerpo con una azada que pidió prestada a una vecina a las puertas de la casa, donde además puso un bidón y plantó un sarmiento.
El fallo condena a la mujer, quien se encuentra en libertad por esta causa, por un delito de asesinato y le impone además una medida de libertad vigilada por un periodo de diez años toda vez que le obliga a indemnizar al padre de la menor con 120.000 euros por los daños morales ocasionados, según indica la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
El magistrado Jesús Miguel Hernández Columna estima la procedencia de imponer a la acusada la pena de prisión permanente revisable tanto a petición de la Fiscalía como de la acusación particular, ejercida por el letrado Manuel Blázquez, ante la alevosía apreciada por el jurado debido no solo a su cortísima edad de la recién nacida sino también a que no tenía la posibilidad de defenderse.
Así, y conforme al veredicto de culpabilidad emitido por el jurado popular el pasado 13 de noviembre, se da por probado que la mujer de 43 años dio a luz a una niña en su vivienda de Vícar el 7 de marzo de 2020 que nació viva después de ocho o nueve meses de gestación.
Se estima que la acusada aprovechó que la bebé no podía defenderse por su condición de recién nacida, de modo que el mismo día de su nacimiento, la neonata murió debido a su asfixia por estrangulación. El jurado apreció por una mayoría de votos, en base a las pruebas practicadas, que fue la mujer quien agarró con sus manos a la bebé por el cuello "con la clara intención de acabar con su vida" sin que estuviera acompañada de nadie más.
Fue la propia acusada quien reconoció en su declaración haber dado a luz en su vivienda, aunque en su versión aseguró que había estado asistida por una vecina, lo cual no pudo ser demostrado. Los agentes que inspeccionaron la casa indicaron que había material orgánico de la mujer y de la bebé en distintos puntos del mobiliario entre el baño y el dormitorio.
Con ello, se atendió además el informe de los forenses, quienes especificaron en base a su pericial que la bebé nació con viva y a término, toda vez que en sus pulmones había signos evidentes de haber respirado. Las mismas forenses apreciaron signos de haber ejercido presión en el cuello de la bebé, con marcas de dedos y uñas, así como otras lesiones, todas ellas incompatibles con un estrangulamiento con un cordón umbilical, por lo que se descartó que pudiera haberse producido un accidente.
La mujer enterró el cuerpo del bebé junto a la puerta de su vivienda, debajo de un gran bidón, sin comunicarlo en ningún momento ni a sanitarios ni a autoridades policiales, mientras que la placenta fue encontrada posteriormente dentro de una bolsa arrojada a una balsa de riego próxima a la vivienda que hacía las veces de vertedero.
La declaración de la vecina que encontró la placenta unida a la vestimenta de la acusada se une como prueba para el jurado a la versión ofrecida por el agente de la Guardia Civil que exhumó el cuerpo de la menor tras retirar los bidones azules que se habían puesto sobre la zona del entierro. El ADN hallado en la azada que la mujer pidió prestada a una vecina también se tuvo en cuenta para determinar que la herramienta fue empleada para ejecutar el enterramiento.
QUINTA CONDENA A LA MÁXIMA PENA
Con este caso son cinco las ocasiones en las que la Audiencia Provincial de Almería ha impuesto, a petición de la Fiscalía y acusaciones particulares, la pena de prisión permanente revisable para un acusado desde la entrada del tipo penal con la Ley Orgánica 1/2015 de 30 de marzo, de modo que en todas ellas, salvo en la primera, se debió al crimen de un menor.
En concreto, la primera de estas condenas por parte de la Audiencia Provincial tuvo lugar en abril de 2019, después de que un jurado hallara culpable a Francisco Salvador S.G. de asesinar con ensañamiento y alevosía a Antonia G.A. --con la que tuvo una breve relación sentimental-- después de agredirla sexualmente en la madrugada del 17 de enero de 2017 en la vivienda de la víctima, en Huércal de Almería. Además, se le impusieron 15 años de prisión adicionales por este último delito.
En septiembre de ese mismo año la Audiencia también condenó a prisión permanente revisable a Ana Julia Q., la mujer que acabó con la vida del niño Gabriel en una finca de Rodalquilar, en Níjar (Almería) en febrero de 2018 y que provocó una gran movilización social para la búsqueda del pequeño durante días hasta que finalmente fue arrestada al ser sorprendida cuando desplazaba sus restos.
El Tribunal Supremo ratificó la pena por un delito de asesinato hiperagravado, a lo que se sumaron dos años y medio de prisión por cada uno de los dos delitos contra la integridad moral cometidos sobre los padres del menor, si bien fue absuelta de los delitos de lesiones psíquicas contra ambos progenitores.
En noviembre de 2020 se condenó también a prisión permanente revisable a Ionel M. por el asesinato de su hijo de ocho años de edad en abril de 2018 en el sótano de su vivienda en Balerma (Almería), a donde lo condujo deliberadamente para acabar con su vida por la espalda con un cuchillo que llevaba escondido como acto para dañar a su pareja sentimental, a la que también maltrataba.
La penúltima condena de estas características tuvo lugar en abril de 2021, con la pena posteriormente ratificada por el Tribunal Supremo a Ana María B.L., la mujer que asesinó a su hijo Sergio, de siete años, en su domicilio de Huércal de Almería (Almería) en octubre de 2019 pocos días después de haber perdido la custodia del mismo.