ALGECIRAS (CÁDIZ), 3 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la condena de la Audiencia Provincia de Cádiz de tres años y nueve meses de cárcel para un agente de la Guardia Civil y otro de la Policía Nacional que permitieron la entrada de un vehículo con resina de hachís oculta en unos dobles fondos por el puerto de Algeciras, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.
La Audiencia Provincial de Cádiz consideró probado que ambos funcionarios del Estado en octubre de 2010 retuvieron al coche cargado con la droga en el filtro de inspección para que pasase el control una vez que el agente de la Guardia Civil responsable del perro detector de droga se había marchado.
Los dos funcionarios condenados, junto al resto de los responsables del tráfico de droga --cuatro personas más-- recurrieron la sentencia de la Audiencia Provincial.
El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente el recurso, aunque no afecta a la pena de prisión, a la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, a las costas procesales ni al decomiso decretado. Sí afecta a la responsabilidad personal subsidiaria, que pasa a ser de 40 días por el impago de la multa, de 750.000 euros, en lugar de los 60 días fijados por la Audiencia.
Los hechos se remontan al 12 de octubre de 2010, cuando agentes de la Guardia Civil interceptaron dos vehículos marca Toyota Land Cruiser en una pista forestal con acceso a la vía de servicio de la Autovía A7, en el término municipal de San Roque.
Los conductores y sus ocupantes se dieron a la fuga sin que pudiesen ser identificados. Los vehículos procedían de la urbanización La Alcaldesa y figuraban como sustraídos en los registros policiales. En su interior los agentes localizaron 576 bultos de resina de hachís que arrojaron un peso de 1.600 kilos, aproximadamente.
Además, sobre uno de los asientos encontraron una anotación manuscrita con una nomenclatura utilizada para configurar los turnos de trabajo de los agentes de la Guardia Civil.
El análisis de este documento y el estudio de las investigaciones de años anteriores sobre organizaciones dedicadas al tráfico de hachís en la zona llevó a la conclusión a los investigadores que algunas de estas organizaciones contaban con la colaboración de agentes, recayendo la responsabilidad sobre los dos condenados, al coincidir los turnos señalados en la hoja con los suyos y haber sido observado reuniéndose con personas con antecedentes por delito contra la salud pública. Hechos que posteriormente quedaron probados y recogidos en la sentencia de la Audiencia Provincial.