CÁDIZ 21 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal número uno de Cádiz ha condenado a I.H.G. a dos años y seis meses de prisión y retirada del permiso de conducir por cuatro años y seis meses por atropellar a un peatón que respondía a las iniciales A.J.R.H. causándole la muerte en la localidad de Tarifa (Cádiz) durante la vuelta ciclista a España, cuando conducía ebrio.
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado ha dictaminado que se trata de un delito contra la seguridad vial junto a otro de homicidio por imprudencia grave, por lo que será privado de libertad y tendrá que abonar las costas del proceso judicial.
Los hechos detallados han mostrado el 24 de agosto de 2014 el conductor ahora condenado había pasado la noche de fiesta en Tarifa, consumiendo alcohol y sin dormir, y por la mañana inició el trayecto de vuelta hacia su ciudad de residencia, Jerez de la Frontera.
Esa mañana la Guardia Civil había cortado la N-340 en dirección a Algeciras, en el cruce con la A-2227, porque estaba pasando la Vuelta Ciclista a España, desviando la dirección de los vehículos. A.J.R.H., de 30 años de edad, iba a pasar el día a la playa junto a su novia, ambos en un coche, y tras ellos, otro amigo con su novia en otro coche, cuando a las 12,00 horas se encontraron la aglomeración de vehículos y personas en el cruce, consecuencia del corte de la N-340.
La sentencia, de la que ha informado el Bufete de Osuna Abogados, indica que, al igual que otras personas que bajaron de sus vehículos pidiendo explicaciones o preguntando por una dirección alternativa, el fallecido también bajó del suyo, que dejó en un camino de tierra, y se colocó junto a la bionda para hablar a gritos con su amigo, ocupante del otro coche, que había aparcado al otro lado, para decidir qué dirección tomar.
Fue en ese momento cuando I.H.G. llegó al cruce y se distrajo mirando a la Guardia Civil, por lo que perdió el control del vehículo, invadiendo el arcén, donde había varias personas, atropellando mortalmente a A.J.R.H.
La sentencia continúa apuntando que el condenado conducía bajo los efectos de la ingesta previa de bebidas alcohólicas que afectaban negativamente a sus aptitudes psicofísicas para el gobierno de vehículos. Asimismo, esto provocó que hubiera desatención de las incidencias del tráfico, por lo que continuó la marcha sin realizar maniobra de frenado ni disminuir la velocidad, dirigiendo su mirada hacia la aglomeración y así perdió el control del vehículo.
Como resultado, el fallecido se golpeó con la parte delantera del vehículo, y a consecuencia de ello salió despedido, cayendo sobre la calzada, después de golpear la luna. A resultas del golpe sufrió politraumatismos que ocasionaron hemorragias internas masivas que determinaron su fallecimiento.
Por otro lado, la sentencia ha recogido que el lugar del accidente es un tramo totalmente recto, sin ningún problema de visibilidad, y en un día soleado, por lo que la aglomeración de personas era visible de lejos, pero las condiciones del conductor fueron la causa de la pérdida de atención y del suceso.