Actualizado: sábado, 3 junio 2017 10:39

HUELVA 3 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 2 de Huelva ha admitido a trámite un recurso, interpuesto por el PSOE de Cartaya, contra la desestimación del recurso de reposición elevado a su vez contra el acuerdo del pleno del Ayuntamiento de citada localidad, adoptado en sesión ordinaria celebrada el 27 de enero de 2017, por el cual se aumentaban las asignaciones a los grupos políticos en 8.000 euros anuales, lo que supone un total de 40.000 euros al año en gastos políticos.

Dicho acuerdo contó con los votos favorables de PP, ICAR, PA e IU y el voto en contra del PSOE, y fue adoptado por "la vía de urgencia, sin la justificación o motivación suficiente tal como establece", motivo por el que se registró en el Consistorio un recurso de impugnación.

Según reza en el decreto judicial, al que ha tenido acceso Europa Press, el juzgado requiere a dicho Ayuntamiento demandado, para que en el plazo de 20 días, remita a este órgano judicial el expediente administrativo completo o bien copia autentificada del mismo, así como para que notifique la resolución que ordene la remisión del expediente a todos los interesados en el mismo. El auto fue dictado el pasado 23 de mayo y les emplaza para que puedan comparecer ante este juzgado.

Cabe recordar que esta moción fue presentada por IU para que se facilitaran despachos en inmueble propiedad municipal a los grupos políticos, y asumida por el equipo de gobierno con el alcalde a la cabeza, el independiente Juan Polo, que añadió una transaccional, quedando el acuerdo definitivo en instar a la Alcaldía a que facilitara los citados despachos y "que mientras se habilitan, se pagará una compensación económica de 8.000 euros anuales a cada grupo que lo solicite por escrito en el registro de entrada".

No obstante, según reza en el recurso de impugnación presentado por el PSOE, este partido considera que los miembros corporativos que votaron a favor de la moción "podrían haber incurrido en un presunto delito de malversación de caudales públicos y/o de prevaricación".

En el mismo señalan al acuerdo "no ajustado a derecho" y remarca como alegaciones la ausencia de justificación de la urgencia de la moción y la inexistencia de informe del interventor municipal sobre si existe dotación presupuestaria al momento de adoptarse el acuerdo plenario de compensar a cada grupo municipal con la citada cantidad.

A su vez, remarca en el escrito la posible infracción del Artículo 73 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, ya que de acuerdo con la misma "las asignaciones a los grupos políticos municipales deberán de contar con un componente fijo, idéntico para todos los grupos, y otro variable, en función del número de miembros de cada grupo municipal. Componentes fijos y variables de los que ya disponen los grupos políticos del Ayuntamiento de Cartaya".

Sin embargo, aseguran desde el PSOE, "no se contempla entre los derechos económicos de los grupos políticos que se le compense económicamente por no disponer de un despacho en edificio municipal" y, en consecuencia, añaden, "la compensación económica por importe de 8.000 euros acordada por el pleno municipal deviene en nula de pleno derecho".

Del mismo modo, insisten en que la exigencia de que la compensación económica de 8.000 euros anuales para cada grupo municipal "tenga que ser solicitada por escrito en el registro de entrada, representa una coacción y una palmaria discriminación".

"REPRESENTA UNA COACCIÓN"

Al respecto, consideran que tal exigencia "representa una coacción" al único grupo municipal que votó en contra de la moción --el PSOE--, ya que el acuerdo adoptado "obliga al grupo socialista a actuar en contra de sus propios actos, dado que, una vez que han votado en contra del dicho acuerdo, mientras que los demás grupos políticos han votado a favor, le obliga a solicitar por escrito y por registro de entrada la compensación económica".

A juicio de los socialistas, esto significa que los grupos políticos que votan a favor de esta moción "envían un mensaje claro" al grupo del PSOE: "o votas a favor o te quedas sin compensación económica". O en última instancia, insisten, "están obligando al grupo socialista a variar el criterio político sostenido en el pleno votando en contra de la moción, pues le exigen que presente por escrito y en registro general una solicitud para acogerse a la ilícita compensación económica acordada por el pleno".

Por último, señalan desde el PSOE que no entienden cómo "el equipo de gobierno siempre alega el plan de ajustes para no aprobar las propuestas socialistas y ahora tienen la desfachatez de aprobar esta medida de una forma tan ilegal, con tal de coger 8.000 euros cada grupo". Por ello, se preguntan "qué ha podido pasar en tan solo 18 meses para que ICAR, PP, PA e IU cambien de opinión y ahora tengan tanto interés en cobrar 8.000 euros más por grupo".

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