Publicado: martes, 13 febrero 2018 18:27

SEVILLA 13 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Dirección General de Empleo del Ministerio ha señalado que este departamento resolvió entre los años 1995 y 2012 favorablemente 1.029 expedientes de ayudas extraordinarias para 23.284 trabajadores por un importe total de 416.412.361,83 euros.

Así lo recoge el director general de Empleo, Javier Thibault, en un informe enviado al Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, que investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares tramitados por la Junta de Andalucía, respondiendo al oficio requerido por la juez María Núñez Bolaños, a petición de la defensa de la propietaria del restaurante de Río Grande, Carmen García, en la pieza separada que investiga el ERE de dicha empresa de la ciudad hispalense, que recibió 1,3 millones en ayudas de la administración andaluza.

En estas diligencias previas, la juez de Instrucción número 6 solicitó a la Dirección General de Empleo información sobre el número y cuantía de las ayudas sociolaborales concedidas al amparo de la Orden ministerial de 5 de abril de 1995; la edad media de los trabajadores beneficiarios; el porcentaje de fondos públicos aplicados a las ayudas en relación con el montante total del coste; el órgano que concedió las ayudas; si se respetaron los principios de publicidad y concurrencia en la concesión; el número, fecha y detalle de las ayudas formalizadas a través de pólizas de renta, identificación de los mediadores y de las compañías aseguradoras; la forma de elección de la compañía; y si las ayudas comprendían la prima de renta y los gastos de adquisición.

En el informe firmado por Thibault, al que ha tenido acceso Europa Press, la Dirección General de Empleo señala que se han revisado todos los expedientes tramitados en el periodo 1995-2012 y "en ningún caso se sometió la concesión de la ayuda al Consejo de Ministros".

Respecto a los principios de publicidad y concurrencia, señala que se trataban de subvenciones de "concesión directa" y, por tanto, le eran de aplicación las normas de "publicidad y concurrencia especiales de las subvenciones directas o nominativas, que se han cumplido plenamente con la publicación de la Orden del 95 tal como consta en su propio preámbulo".

El informe, sobre la forma de designación de la aseguradora, explica que la Orden del 95 "en ningún caso preveía la intervención del entonces Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en dicha elección". "Este Ministerio, de acuerdo con la citada Orden, se limitaba a conceder ayudas a trabajadores que, como consecuencia de procesos de reestructuración de empresas, se encontraban en situación de urgencia y necesidad sociolaboral", añade.

En este sentido, señala que, "una vez concedida la ayuda, era el trabajador beneficiario el que comunicaba al Ministerio la cuenta corriente en la que solicitaba que se le ingresara la misma".

De los expedientes analizados se deduce, según el informe, que cuando esa ayuda contribuía a financiar total o parcialmente un plan de rentas, la cuenta corriente pertenecía a una entidad aseguradora, que había sido previamente seleccionada, "bien por la empresa, en la mayoría de casos, o bien por los beneficiarios de la ayuda o la representación de los trabajadores, cuando la empresa hubiera desaparecido".

"Lo que no consta en los expedientes es cuál era el criterio para determinar la entidad aseguradora, aspecto que no correspondía decidir al Ministerio", precisa el director general de Empleo en el informe.

FAJA PIRÍTICA DE HUELVA

En el informe se señala que en cinco de los expedientes analizados, correspondientes a las ayudas concedidas a los trabajadores de las empresas de la Faja Pirítica de Huelva en 2003, la elección de compañía aseguradora se realizó "conjuntamente por representantes sindicales de UGT y CCOO y el entonces director general de Trabajo de la Junta --Francisco Javier Guerrero--". "No consta intervención alguna por parte del Ministerio", subraya.

Sobre la elección de los mediadores, el Gobierno precisa que, al igual que en relación a la elección de las aseguradoras, la Orden del 95 "no atribuye" al Ministerio ninguna competencia sobre este asunto. "No existe en los expedientes ninguna información sobre cómo los solicitantes de las ayudas eligieron a la empresa mediadora", añade a este respecto, añadiendo que tampoco consta en algunos expedientes "información alguna sobre la entidad mediadora", quizás porque no hubo tal mediador o porque no se aportó información sobre el particular, cuestión que "no correspondía decidir al Ministerio".

Por último y en relación a si las ayudas comprendían la prima de rentas y los gastos de adquisición, el Ministerio informa de que la Orden de 1995 "sólo contemplaba la concesión de ayudas que contribuyeran a facilitar los procesos de reconversión y/o reestructuración de empresas y paliar al mismo tiempo las consecuencias sociales de las mismas, por lo que la totalidad del importes de las ayudas extraordinarias se destinaba únicamente al pago de los subsidios pactados en los planes de rentas y/o al pago del convenio especial con la Seguridad Social".

"Cualquier otro gasto o comisión que se derivara de la tramitación del plan de rentas nunca podría haber sido asumido por este Ministerio y en consecuencia no figura en ningún expediente ninguna información de cómo, bien por el tomador, bien por los beneficiarios, han contribuido a los gastos o comisiones que se derivaran de la implementación del plan de rentas", concluye el informe firmado por Javier Thibault.

DECLARACIÓN ANTE LA JUEZ NÚÑEZ

Cabe recordar que la juez Núñez Bolaños tomará declaración por videoconferencia este jueves, 15 de febrero, al director general de Empleo, al subdirector general de Programación y Actuación Administrativa del Ministerio, Juan Manuel Gutiérrez Hurtado, y a la vicesecretaria general técnica, Raquel Peña Trigo.

Previamente a este petición de la magistrada, Javier Thibault, en respuesta a otro requerimiento de la juez en julio de 2017 para que aportara una relación de las ayudas extraordinarias para prejubilaciones concedidas por el Ministerio desde el año 2001 hasta 2011 --periodo investigado en los ERE--, envió un informe en el que reconoce que Empleo no realizó ningún concurso público para las citadas ayudas, que se otorgaron por el régimen de "concesión directa".

En este sentido, el director general de Empleo aporta en el informe un listado de 220 ayudas concedidas entre 2001 y 2011 donde precisa las empresas que recibieron las mismas, la aseguradora, el tomador de la póliza, el organismo que efectúa el ingreso y el importe en euros de cada una de las ayudas, que oscilan entre 13.760,49 euros y 22,2 millones y que suman unos 300 millones en total.

De este modo, Thibault informa de que la concesión de ayudas extraordinarias en ese periodo se realizó en los supuestos y condiciones que se establecen en la Orden Ministerial de 5 de abril de 1995, cuyo artículo tercero "establecía que las ayudas podían ser solicitadas conjuntamente por la empresa y los representantes de los trabajadores, o directamente por éstos últimos, acompañando una memoria explicativa en la que constasen los motivos por los que se solicitaba, la cobertura solicitada y el coste económico individualizado".

El director general de Empleo, en este informe fechado el 18 de septiembre y consultado por Europa Press, señala que, "a la vista de los motivos alegados y de la documentación acreditativa aportada, la Dirección General de Trabajo resolvía directamente sobre la concesión de las ayudas, condicionada a la disponibilidad presupuestaria existente".

Al hilo de ello, precisa que la Orden Ministerial de 1995 "no contemplaba, en cambio, la realización de concurso público alguno para la concesión de dichas ayudas", razón por la que la entonces Dirección General de Trabajo "tramitó todas estas solicitudes por el régimen de concesión directa".

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