HUELVA 17 Dic. (EUROPA PRESS) -
La diputada nacional por el PSOE de Huelva, Pepa González Bayo, ha registrado una moción en el Congreso de los Diputados para pedir la mejora de las pensiones viudedad para personas con 65 o más años de edad con menores ingresos. Así, en la provincia de Huelva el número de pensiones de viudedad ronda las 25.000, en concreto, 24.882, según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social a 1 de noviembre de 2017.
De este modo, la moción, consultada por Europa Press, pide al Congreso de los Diputados que inste al Gobierno a adoptar una serie medidas como aprobar, antes de finalizar este año, el Reglamento de mejora de las pensiones de viudedad para personas perceptoras que, con 65 o más años de edad, no tengan derecho a otra pensión pública, no perciban ingresos por la realización de trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, o bien rendimientos o rentas que superen, en cómputo anual, el límite de ingresos que esté establecido en cada momento para ser persona beneficiaria de la pensión mínima de viudedad.
De este modo, en la moción registrada por González Bayo, --la cual es vicepresidenta segunda de la Comisión de Empleo y Seguridad Social en el Congreso--, se explica que dicho Reglamento contemplará un incremento del porcentaje a aplicar a la base reguladora de dichas pensiones que deberá situarse, en 2019, en el 60 por ciento; el 1 de enero de 2018, dicho porcentaje deberá ser del 59 por ciento. Para el ejercicio 2017, ese porcentaje será del 58 por ciento, y se aplicará con efectos desde el 1 de enero de dicho año.
"Todo ello, sin perjuicio de la aplicación del 70 por ciento a la respectiva base reguladora, para la determinación de la pensión de viudedad, en los supuestos en que la pensión sea la principal o única fuente de ingresos de la persona pensionista, sus ingresos no superen el límite establecido reglamentariamente y tenga cargas familiares, en los términos previstos en el Real Decreto 1461/2001, de 27 de diciembre", prosigue la socialista.
En este punto, la moción considera que lo previsto en este Reglamento, con efectos inmediatos desde su entrada en vigor, será de aplicación a las pensiones de viudedad existentes, es decir, cuando las personas beneficiarias de las mismas acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos y siempre que el porcentaje aplicado a la respectiva base reguladora, en el momento de causar la pensión, fuese inferior al establecido en dicha norma reglamentaria.
En definitiva, la mejora de la pensión de viudedad contenida en esta regulación reglamentaria será de aplicación en todos los regímenes del sistema de la Seguridad Social.