MÁLAGA 24 Sep. (EUROPA PRESS) -
La defensa de la cantante Isabel Pantoja informará a la Sección Segunda de la Audiencia de Málaga de que se ha presentado un incidente de nulidad parcial de la sentencia que la condenó por blanqueo de capitales y también un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, solicitando, al mismo tiempo, que se paralice el trámite de ejecución de la sentencia iniciado por la Sala este miércoles "mientras se resuelven estas peticiones".
Tras haberse notificado este miércoles el auto en el que el Tribunal de Málaga declara firme la sentencia dictada contra la cantante y otras seis personas y el inicio de la ejecutoria; el letrado de Pantoja, José Ángel Galán, ha explicado a Europa Press que primero se justificará con los documentos necesarios que se ha planteado un incidente de nulidad parcial "que el Tribunal Supremo ha admitido a trámite".
También se alegará que se ha interpuesto un recurso de amparo ante el Constitucional, que está pendiente, ha precisado el abogado, quien ha señalado que con esto se pedirá la paralización del trámite iniciado por la Sala de ejecución de las medidas impuestas de prisión y multa, hasta que se tramiten estas acciones. Posteriormente, se pediría el beneficio de la suspensión de la pena de prisión, "pero entendemos que aún no es el momento procedente".
Los letrados de la cantante presentaron el pasado mes de julio un incidente de nulidad parcial, alegando que "no se puede condenar sobre el fundamento de unos extractos bancarios que no han estado nunca en esta causa". Este mes de septiembre, interpusieron una demanda de amparo ante el Tribunal Constitucional, en el que se hacía referencia, como argumentos para el recurso, a la tutela judicial efectiva, indefensión y vulneración de derechos.
La Audiencia de Málaga condenó a Pantoja a dos años de prisión y multa de 1,1 millones de euros por un delito de blanqueo; al exalcalde marbellí Julián Muñoz le impuso siete años de cárcel y multa de 3,8 millones por blanqueo de capitales continuado y cohecho mientras que la exmujer de éste, Maite Zaldívar, fue condenada a tres años y tres meses de prisión y multa de 2,4 millones de euros por un delito continuado de blanqueo; igual que su hermano. Además, fueron condenadas otras tres personas.
Posteriormente, el Tribunal Supremo confirmó la condena respecto a Pantoja, aunque aceptó el recurso presentado por la defensa de Zaldívar y su hermano, de forma que rebajó la pena en ambos casos a dos años y medio, al considerar que se trató de un delito único y no continuado. Aunque Muñoz no recurrió, se hicieron extensivos a él los efectos de la no apreciación de continuidad, por lo que la condena se redujo a seis años y medio de cárcel.
La Sección Segunda de la Audiencia de Málaga ha iniciado este miércoles la ejecución de la sentencia que los condenó en una causa por blanqueo de capitales. Así, a ambas mujeres, y al resto de condenados que están en libertad, les da un plazo de 10 días para que ingresen voluntariamente en prisión y para que paguen la multa impuesta.
Así consta en un auto de la Sala, en el que se declara firme la sentencia y se procede a iniciar su ejecución. Siguiendo los trámites, requiere a Pantoja para que "en el término improrrogable de 10 días proceda al cumplimiento voluntario de la pena de 24 meses de prisión impuesta en la sentencia firme, con el apercibimiento de que, de no procederse al cumplimiento voluntario de la pena de prisión se decretará su busca y captura e ingreso en prisión".
Esto se especifica respecto de todos los condenados que están en libertad --Muñoz ya está en la cárcel--. Asimismo, a la cantante se le insta a que en el mismo plazo de 10 días pague la multa impuesta de 1,14 millones de euros. Esto también se requiere al resto de los acusados. En lo que respecta a Zaldívar, el Tribunal Supremo rebajó la multa a 1,7 millones de euros, que es lo que se requiere que abone.
Fuentes judiciales han apuntado que ninguno de los abogados ha solicitado aún el beneficio de la suspensión de la pena; de hecho, en el auto se señala que han transcurrido los plazos establecidos sin que contra la sentencia se haya planteado ningún recurso que impida su ejecución. Las fuentes explicado que en el caso de que se pida dicho beneficio, se dará traslado al fiscal para que informe, tras lo que el Tribunal resolvería.
Para poder suspender la pena de prisión, se requieren tres "condiciones necesarias", según se regula en el artículo 81 del Código Penal. Así, la primera de ellas es que el condenado haya delinquido por primera vez; la segunda, que la pena o penas impuestas, o la suma, no sea superior a dos años; y la tercera que "se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado".
En 2010, el juzgado que instruyó la causa le requirió para que hiciera frente a una fianza de responsabilidad pecuniaria por valor de 3,6 millones de euros y se presentó un escrito de ofrecimiento de bienes en garantía por esa cuantía.