MÁLAGA 24 Jun. (EUROPA PRESS) -
La representación legal de Maite Zaldívar, exmujer del que fuera alcalde de la localidad malagueña de Marbella, Julián Muñoz, tiene previsto presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional contra la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que la ha condenado por un delito de blanqueo de capitales, según ha informado su defensa.
La Sala de lo Penal del TS condenó a Zaldívar por un delito de blanqueo de capitales, sin continuidad delictiva, en contra de lo dispuesto inicialmente por la Audiencia de Málaga, que sí apreció dicha continuidad. Así, ahora se le rebaja la pena desde tres años y tres meses de prisión a dos años y seis meses de cárcel, con una multa de 1,7 millones de euros.
Entre los argumentos del recurso estará la delimitación de la responsabilidad de las parejas de políticos condenados por corrupción, según han indicado a Europa Press, apuntando que este debate ya se planteó al Supremo, aunque no ha quedado resuelto. Además, han insistido en que "tiene que quedar demostrado el conocimiento previo del origen delictivo del dinero".
El letrado de Zaldívar, Alfredo Herrera, se ha preguntado "qué ocurre entonces con las esposas de los que fueron indemnizados de forma presuntamente fraudulenta en el caso de los ERE por empresas en las que supuestamente nunca habían trabajado".
El alto tribunal estimó en parte el recurso de Maite Zaldívar y su hermano Jesús, al que también se le ha rebajado la pena a dos años y medio de cárcel, pero rechazó el argumento de que su condena suponía una discriminación respecto a la de la cantante Isabel Pantoja, condenada por la Audiencia de Málaga por el mismo delito, pero a dos años de cárcel, pena que ha sido confirmada por el Supremo.
En este sentido, el alto tribunal mantiene que la diferencia de una condena y otra estriba en que "la gravedad de la conducta de ésta no es la misma que la de aquellos". Según la defensa, este argumento se volverá a reiterar ante el Constitucional.
Según recoge la sentencia, "en efecto, el criterio de la gravedad del hecho es uno de los parámetros relevantes en la individualización judicial de la pena, y desde esa perspectiva resulta claro que no es lo mismo la comisión de la conducta durante seis o siete años", como ocurrió en el caso de los hermanos Zaldívar, "que durante tres" --en el caso de la cantante--.
De tal forma, añaden los magistrados, que aunque ahora los tres acusados sean condenados por un sólo delito de blanqueo de capitales sin continuidad delictiva, "debe mantenerse una diferencia punitiva, aunque menos acentuada, entre los hermanos Zaldívar y la también condenada Isabel Pantoja, atendiendo para ello "fundamentalmente al desvalor de la acción en cada uno de los casos enjuiciados, compulsado a través del tiempo de ejecución de la conducta delictiva y del grado de protagonismo en su intervención".
En el caso de Pantoja, el alto tribunal confirmó la pena que la Audiencia impuso a la tonadillera y no atendió a la petición de la Fiscalía, que había pedido una pena mayor, al entender el que cometió un sólo delito de blanqueo y no una de forma continuada. Por otro lado, rebajó de siete años a seis años y medio de cárcel la pena del exalcalde Julián Muñoz.