El abogado de Griñán avisa del "irreparable daño sufrido" y dice que el TC "ha superado un test de esfuerzo"

Archivo - El expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Grinán saliendo de  los juzgados
Archivo - El expresidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Grinán saliendo de los juzgados - Eduardo Briones - Europa Press - Archivo
Publicado: martes, 16 julio 2024 14:29

Destaca la "entereza y dignidad" del expresidente andaluz durante todo este "duro trance" judicial de la causa de los ERE

SEVILLA, 16 Jul. (EUROPA PRESS) -

José María Calero, abogado defensor del expresidente socialista de la Junta de Andalucía José Antonio Griñán, ha mostrado este martes su "total satisfacción" por la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de estimar parcialmente su recurso de amparo y anular la condena a seis años de cárcel que le impuso la Audiencia de Sevilla por malversación en el "procedimiento específico" de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos financiados con fondos autonómicos.

En declaraciones a Europa Press, José María Calero ha celebrado esta decisión del TC, adoptada con siete votos a favor y cuatro en contra, pesando así los votos particulares de los cuatro magistrados del ala conservadora: Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, César Tolosa y Concepción Espejel, como en las decisiones anteriores sobre los recursos de amparo de este caso.

Después de la sentencia inicial condenatoria de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla en noviembre de 2019, imponiendo a Griñán seis años y dos días de cárcel por malversación y 15 años y dos días de inhabilitación por prevaricación; y la sentencia del Supremo que desestimaba el recurso de casación de la defensa de Griñán; el TC ha estimado parcialmente el recurso de amparo de la representación del expresidente andaluz, anulando con relación al mismo la mencionada sentencia condenatoria y descartando toda malversación, al considerar que el derecho de Griñán a la presunción de inocencia fue vulnerado al no ser precisado en qué medida participó en los hechos que se le atribuyen.

En cuanto al delito de prevaricación, el TC resuelve que la elaboración de los anteproyectos de ley de los presupuestos de la Junta y su aprobación como proyectos de ley por el Parlamento de Andalucía no puede ser constitutiva de un delito de tal naturaleza, ordenando así que la Audiencia de Sevilla dicte una nueva sentencia respecto a Griñán aplicando los aspectos ya descritos.

LO QUE "ERA UNA EVIDENCIA"

En ese marco, el abogado defensor de Griñán, cuya pena de cárcel fue suspendida merced al cáncer de próstata que padece y conforme al artículo 80.4 del Código Penal; ha manifestado que de cara a la resolución de los recursos de amparo de los encausados en esta macrocausa, la Fiscalía "ya apuntó lo que, por otra parte, es una evidencia, que un anteproyecto o un proyecto de ley no pueden ser considerados como una resolución administrativa" ni como "una resolución injusta en asunto administrativo".

"A partir de ahí, se caía de alguna manera gran parte del discurso de las acusaciones que asumió la Audiencia de Sevilla y que asumió en una mayoría de tres a dos la Sala Segunda del Tribunal Supremo", ha manifestado José María Calero, rememorando los votos particulares acaecidos en la sentencia del Supremo.

De este modo, ha expuesto que en el TC ha pesado "en el ámbito de la prevaricación, esa idea esencial de que no es posible equiparar un anteproyecto o un proyecto de Ley a una resolución administrativa y que, desde el punto de vista de la malversación", se habría incurrido en "la vulneración esencial de legalidad" penal y "la vulneración del principio de presunción de inocencia".

EL "SALTO IMPOSIBLE" DE LA CALIFICACIÓN DE LOS HECHOS

"Hay un salto imposible de admitir desde el parámetro de la presunción de inocencia; y es presumir que una autoridad que no tiene disposición sobre los fondos, que no tiene propiamente la administración de esos fondos porque está en otra consejería, simplemente por el hecho de conocer que se han disminuido los controles en una situación de crisis de empresa, debía asumir también que esa disminución tenía como finalidad el sustraer fondos públicos. Esto nunca ocurrió, nunca fue así y esa traducción de la prueba era claramente un vulneradora del principio de presunción de inocencia", ha resumido la defensa de Griñán.

Eso sí, el letrado de Griñán ha avisado de que a estas alturas, "es irreparable todo el daño sufrido durante todo este tiempo" por el expresidente andaluz, de quien ha destacado la "entereza y dignidad" con la que ha afrontado este "duro trance", siempre "con un respeto absoluto a la Administración de Justicia, descartando cualquier tipo de argumento que pudiera poner en cuestión la imparcialidad de los tribunales y creyendo siempre en el propio sistema de la Administración de Justicia".

"El Tribunal Constitucional ha superado un test de esfuerzo en un asunto que suponía una presión que absolutamente era necesario superar", ha enfatizado el abogado José María Calero.