Actualizado: martes, 11 julio 2017 17:27

Asevera que "no se trata de criminalizar el expediente de regulación de empleo en sí, sino el uso torticero que se hizo de esta herramienta"

SEVILLA, 11 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Sevilla la decisión de la juez María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los ERE irregulares, de archivar la causa contra los ex directivos de la división hotelera de Nuevos hoteles agrupados de Nueva Rumasa (Hotasa) Carlos Manuel Miranda Bacciarini y Antonio Isla Barba, que según la magistrada serían "víctimas" de la 'macrocausa' y no "delincuentes".

En los recursos, a los que ha tenido acceso Europa Press, el Ministerio Público solicita a la Audiencia que deje sin efecto los autos de archivo dictados por la magistrada y mantenga la condición de investigados de ambos al entender que "a día de hoy siguen vigentes" los indicios racionales de criminalidad contra los dos exdirectivos de Hotasa.

La Fiscalía pone de manifiesto en sus recursos que "no se trata de criminalizar el expediente de regulación de empleo en sí, sino el uso torticero que se hizo de esta herramienta, para conseguir el abono indebido de fondos públicos a través de la suscripción de una póliza de renta colectiva, a quien no tenía derecho a ello".

La juez archivó la causa contra ambos en sendos autos donde manifestaba que "muy difícilmente se puede sostener que alguien colabora en la inclusión de intrusos si tales intrusos no existen y su inclusión en el ERE resulta legal, contrariamente a lo sostenido" por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.

Pues bien, Anticorrupción reitera que ambos exdirectivos habrían participado en la "indebida" inclusión de 'intrusos' en el ERE "y por ende en la indebida percepción" de los mismos "de rentas derivadas de la póliza colectiva suscrita en el marco de la ayuda recibida por la empresa Europa Center para los extrabajadores afectados" por el ERE del Hotel Cervantes de Torremolinos (Málaga).

"Resulta cuando menos discutible, pese a que pueda ser cierto que de un modo u otro las dos empresas fueran controladas por José María Ruiz Mateos, que las empresas Autos Marbesol y Europa Center pertenecieran a lo que legalmente a efectos laborales se denomina grupo de empresas", afirma la Fiscalía, que recuerda que el ERE "se negoció exclusivamente para una empresa, Europa Center, y para una de las actividades que controlaba, el Hotel Cervantes, y no para el resto de empresas de un grupo empresarial".

Por ello, se opone a archivar la causa contra estos dos exdirectivos de Hotasa al considerar que "está acreditado" que conocían y favorecieron la "indebida" inclusión de 'intrusos' y que además "la póliza que se iba a suscribir iba a ser sufragada por la Junta de Andalucía, como así se desprende de los datos objetivos" contenidos en el atestado presentado por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en relación a la ayuda sociolaboral recibida por el Hotel Cervantes-Europa Center.

CONTRATADOS PARA SER INCLUIDOS EN EL ERE

En este atestado, "se acredita" que Claudio Andrés Sendino y José Antonio Cuevas "fueron contratados a los solos efectos de poder ser introducidos en el ERE", inclusión que "posibilitó" que fuesen beneficiarios "indebidos" de la póliza suscrita "que derivó en un enriquecimiento ilícito".

Al hilo de ello, recuerda que la empresa Europa Center, que solicitó el ERE, "gestionaba el Hotel Cervantes, la cual como explotación hotelera no tenía relación alguna, ni de finalidad mercantil, ni de trasvase de plantilla ni de gestión de caja, con la empresa anterior de los señores Cuevas y Sendino, vinculada al alquiler de vehículos en Marbella, y que consta que había de hecho cesado en su actividad e iban a ser vendidos todos sus activos".

Por ello, subraya, "resulta cuando menos discutible, pese a que pueda ser cierto que de un modo u otro las dos empresas fueran controladas por José María Ruiz Mateos, que las empresas Viajes Marbesol-Autos Marbesol y Europa Center pertenecieran a lo que legalmente a efectos laborales se denomina grupo de empresas", pues "la única existencia de un titular final común no es suficiente para tal consideración".

"INDICIOS DE RELEVANCIA PENAL"

Además, según indica la Fiscalía, "la razón esgrimida para el ERE por la empresa ante la autoridad laboral y conocido por los investigados era un exceso de plantilla, además envejecida y con un elevado índice de absentismo laboral, negociándose la contratación de la póliza de renta colectiva de manera paralela e indisolublemente unida a la negociación del ERE con los representantes sindicales, siendo conocida la financiación de la misma con fondos públicos andaluces".

"Estos indicios, de relevancia penal y no en ningún modo indicios de regularidad o irregularidades laborales, no se han visto desvirtuados hasta el día de hoy, pues ninguna otra diligencia se ha practicado al respecto, y siguen por tanto vigentes", asevera.

La juez archivó la causa abierta contra Carlos Manuel Miranda Bacciarini y Antonio Isla Barba en dos autos donde reiteraba que, en esta causa, han sido imputadas personas que, "valoradas en este momento sus circunstancias, lejos de poder ser consideradas delincuentes, podrían ser consideradas 'víctimas'" de esta 'macrocausa'.

De este modo, agrega que en la 'macrocausa' de los ERE, "por sus dimensiones, ha resultado complicado descender al detalle de cada caso, ayuda o persona, pero tras la división resulta necesario hacer un estudio detallado de cada ayuda, de cada persona, ajustando a derecho la situación de cada una de ellas, personas imputadas en la 'macrocausa' inicial".

El pasado mes de marzo, la juez ya realizó estas afirmaciones en el auto donde archivó la causa contra cuatro personas imputadas por el ERE del Hotel Cervantes de Torremolinos (Málaga), en concreto Gonzalo Fuentes, integrante de la federación de Comercio, Hostelería y Turismo de CCOO de Málaga; José Cabrera, miembro del Comité de Empresa como secretario de la sección sindical de CCOO; Miguel Rodríguez, director del hotel, y Claudio Andrés Sendino, trabajador del mismo.

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