SEVILLA 15 Nov. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Sevilla, encargada de celebrar a partir del próximo 13 de diciembre el juicio por el denominado procedimiento específico de los ERE, ha aceptado la petición realizada por la defensa del expresidente de la Junta José Antonio Griñán y ha acordado requerir a la Administración autonómica los "expedientes de reintegro" de las ayudas.
En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal de los ERE admite así la petición realizada por la defensa de Griñán para que se aporte por parte de la Consejería de Empleo un detalle de los expedientes de reintegro a beneficiarios de pólizas, pólizas novadas y pólizas pendientes de novación.
"Se admiten, al haberse justificado la necesidad de obtenerla mediante el auxilio judicial", pone de manifiesto la Sección Séptima de la Audiencia en este auto fechado el día 7 de noviembre y consultado por Europa Press.
El pasado 16 de octubre, el tribunal dictó un auto donde enumeraba las pruebas tanto aceptadas como rechazadas que la Fiscalía Anticorrupción, las acusaciones particulares y las defensas de los 22 acusados habían solicitado incorporar a la vista oral, y en el caso concreto de Griñán le dio un plazo de cinco días "para justificar la necesidad de obtener" las pruebas "mediante el auxilio judicial y/o motivar mínimamente la relevancia en el caso de algunos documentos".
El abogado de Griñán, José María Mohedano, reclamó que se requiriera a la Junta de Andalucía los expedientes de reintegro de las ayudas al considerar que se trata de una prueba "muy importante para acotar la cuantía del supuesto fraude" y alegando que "esta documental pública es una documentación pura y dura de carácter interno que, al afectar a terceros, no puede ser entregada a un particular".
En concreto, la defensa de Griñán solicitó un detalle de los expedientes de reintegro a beneficiarios de pólizas de renta "financiadas total o parcialmente por la Junta de Andalucía" desde 2010, con indicación de la empresa, fecha de incorporación a la póliza, cantidad reclamada, y "tipo de irregularidad por la que se le reclaman las cantidades percibidas".
También pidió información de las pólizas novadas en cumplimento de lo dispuesto en el Decreto ley 4/2012 --de regularización de las ayudas--, con indicación de la cantidad que se había abonado con anterioridad, importe de los gastos abonados en concepto de gastos de adquisición e intermediación y el importe descontado del precio de la novación por exceso de estos gastos por encima del 2,6 por ciento.
Por último, solicitó al tribunal que reclamara información sobre las pólizas pendientes de novación en cumplimento de lo dispuesto en el mencionado decreto
INFORMES DE ACTUACIÓN
De igual modo, el tribunal de los ERE acepta la petición de la defensa de Griñán y acuerda dirigir oficio a la Consejería de Hacienda y de Administración Pública para que remita una copia de los oficios de remisión al titular de la Consejería del ramo de los informes de actuación elaborados por la Intervención General de la Junta sobre entes públicos, así como copia de dichos informes, desde 2000 hasta 2013, "con especial mención al informe de actuaciones sobre el Hospital de Poniente de El Ejido".
Según argumentaba el abogado de Griñán, esta documental "está formada por documentos internos de trámite que fueron pedidos verbalmente en 2016 sin obtener ninguna contestación porque se dudaba incluso de su existencia", señalando que se trata de una documentación "muy relevante para la defensa" del expresidente, "especialmente en el supuesto de que no existieran los oficios de remisión al titular de la Consejería de Hacienda".
"Se trata de documentos internos de imposible acceso para mi representado, que ya no mantiene con la Junta de Andalucía ningún cargo ni posición funcionarial", ponía de manifiesto el abogado de Griñán, que también volvió a interesar, y ha sido admitido por la Audiencia, que se reclame a la Consejería de Hacienda el expediente de los acuerdos de control financiero permanente correspondiente a 2004.
La Audiencia también admite, "a la vista de las alegaciones realizadas por la parte", que se aporte el oficio de remisión del informe adicional de cumplimiento del IFA/IDEA de 2005 correspondiente al ejercicio 2003 y que se dirija oficio al Tribunal de Cuentas para que remita a la Sala Informe de fiscalización de la aplicación de los fondos públicos destinados por el Imserso a la financiación de los programas de accesibilidad durante el período 2001-2003.
SOBRECOMISIONES
El letrado subraya que la relevancia de esta prueba consiste en que la metodología de la aplicación de los fondos públicos del Imserso a la financiación de los programas de la ONCE "siguen la misma metodología de la aplicación de los fondos públicos de la Consejería de Empleo al IFA".
La Audiencia, asimismo, ha declarado "pertinentes" distintas pruebas propuestas para su práctica en el juicio por las defensas de los exconsejeros Antonio Fernández, Francisco Vallejo y Carmen Martínez Aguayo; el exviceconsejero Jesús María Rodríguez Román; la ex secretaria general técnica de Empleo Lourdes Medina Varo, y el ex director general de Presupuestos Antonio Vicente Lozano Peña.
En el caso de Antonio Vicente Lozano, la Audiencia admite la prueba consistente en recabar del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla testimonio del informe de la Dirección General de Seguros del Ministerio de Hacienda relativo a la determinación, en su caso, de las sobrecomisiones pagadas en las ayudas sociolaborales.
Por último, y a petición de la defensa de Lozano, también acepta remitir oficio al Parlamento de Andalucía para que remita copia de la documentación enviada por el Ministerio de Empleo sobre la Faja Pirítica de Huelva a dicho Parlamento en respuesta a la petición realizada en el marco de la comisión de investigación de las ayudas sociolaborales concedidas con cargo al programa 31L.
En este sentido, la Audiencia admite además remitir oficio al Ministerio de Empleo para que solicite y remita a la Sala una certificación de las compañías de seguros a las que se les efectuó el pago de las ayudas a la prejubilación concedidas por dicho Ministerio a trabajadores de las empresas de la Faja Pirítica, "de las cantidades percibidas por los trabajadores y las cantidades abonadas en concepto de gastos de adquisición e intermediación".