SEVILLA 12 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, que enjuicia a los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otros 20 ex altos cargos por el procedimiento específico por el que se concedían las ayudas de los expedientes de regulación de empleo (ERE) presuntamente fraudulentos, ha rechazado la solicitud de la acusación ejercida por el PP-A de reclamar 741 millones de euros en concepto de responsabilidad civil a los 22 procesados.
En una providencia, con fecha de 9 de febrero de 2018 y a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal señala que "no ha lugar a lo solicitado, dado que la acusación popular no está legitimada para solicitar responsabilidad civil, que sólo puede ser reclamada por el ofendido o perjudicado y por el Ministerio Fiscal, conforme a lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal". "Contra la presente resolución no cabe recurso, sin perjuicio de que la cuestión pueda ser reproducida, en su caso, en el recurso frente a la sentencia", según añade la Audiencia.
De esta manera se rechaza la petición realizada por el PP-A en un escrito presentado recientemente ante la citada Sección Primera, en el que expresaba que "desiste" de su solicitud de "tener por no puesta" la exigencia de responsabilidad civil para los procesados ejercitada en el escrito de acusación de esta acusación popular a fin de "ejercer con todas sus consecuencias la acción civil derivada de los delitos que son objeto de la acusación en defensa de los derechos de la Hacienda Pública andaluza y los andaluces en general".
Además, añadía el PP-A que en consecuencia, "con modificación del importe exigible", tenga por ejercitada la acción civil ex delito contra todos los acusados, que "deberán responder de manera solidaria de los daños y perjuicios ocasionados a la Hacienda Pública Andaluza, en la cantidad total de 741.596.575 euros, fijada en su día por el Ministerio Fiscal, que se corresponde con el importe total de las transferencias de financiación realizadas al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA), posteriormente, Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA) con cargo a los programas presupuestarios 22E y 31L".
A este respecto, la Fiscalía planteó, entre sus cuestiones previas, "dejar sin efecto" su petición de responsabilidades civiles a los 22 ex altos cargos del Gobierno andaluz. En este sentido, el abogado del PP-A, Luis García Navarro, durante las sesiones del juicio en las que las partes respondieron a todas las cuestiones previas planteadas, expresó su renuncia a pedir la reclamación de la responsabilidad civil de los acusados, ya que, según expuso, "la acusación pública y la particular "no estamos legitimados".
SOLICITUD DEL PP-A POR PODER INTERROGAR A SUSANA DÍAZ
En el escrito presentado ante la Audiencia con fecha del 2 de febrero y en el que recuerda que "no ha tenido acceso" a las piezas de responsabilidad civil incoadas por el Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla --que instruye el caso de los ERE-- a pesar de haberlo solicitado mediante escrito de 25 de febrero de 2017, el PP-A argumentaba su solicitud de exigir la responsabilidad civil ante la Sección Primera por "la imposibilidad", al no haberse admitido por la Sala la testifical propuesta, de interrogar a la presidenta de la Junta, Susana Díaz, "sobre la actuación de los letrados de la Junta de Andalucía en el presente procedimiento, especialmente sobre la supuesta reserva de acciones civiles ex delito".
De otro lado, los abogados del PP-A señalaban en su escrito que "no consta en las actuaciones" en esta causa el escrito de fecha de 16 de febrero de 2016 "que se dice fue presentado por los letrados de la Junta de Andalucía reservándose expresamente la acción civil para ejercitarla ante la jurisdicción competente", que, a juicio del PP-A, es "contrario a la doctrina del Tribunal Supremo que precisa que la renuncia de derechos tiene que ser personal, clara, inequívoca, sin condición alguna con expresión concluyente de su voluntad terminante, lo que en el caso de la Administración Pública se ha de verificar mediante un acto administrativo expreso y motivado dictado por el órgano competente en la materia, que no consta en las actuaciones".
Además, añadía que "no consta ningún acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ordenando al Gabinete Jurídico la reserva de acciones civiles en el presente procedimiento al respecto; no consta ningún decreto de Presidencia de la Junta; tampoco consta que se haya acordado por delegación por algún consejero; y, menos aún, de la consejera de Hacienda que sería la competente para la defensa de los derechos económicos de la Hacienda de la comunidad".
Asimismo la acusación del PP-A, en su escrito ante la Audiencia, recordaba que la reserva de la acción civil por parte de los letrados del Gabinete Jurídico se realiza con posterioridad a la apertura del juicio oral, cuando ya la Junta no era parte en el procedimiento, al no haber formulado acusación ni ejercitado la acción civil, y "cuando tanto el Ministerio Público como esta acusación popular ya la habían ejercitado en sus respectivos escritos de acusación".