SEVILLA, 21 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Sevilla ha exculpado de la pieza separada del procedimiento específico por el que se concedieron las ayudas investigadas en el caso de los ERE fraudulentos al exviceconsejero de Empleo Justo Mañas; al exdirector general de Trabajo Daniel Alberto Rivera, y al exdirector general de la agencia IDEA Antonio Valverde, que fueron procesados junto a los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán.
En tres autos distintos difundidos por el TSJA, a los que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima de la Audiencia estima de esta forma los recursos presentados por los tres exaltos cargos investigados contra el auto de 31 de mayo de 2016 en el que el juez Álvaro Martín les procesó, de forma que los acusados en esta pieza separada de los ERE se reducen a 22.
Cabe recordar que la Audiencia ya archivó recientemente la causa contra el exviceconsejero de Innovación Gonzalo Suárez, pues "no consta que hubiera tenido conocimiento de que estaba participando en el desarrollo y mantenimiento del denominado" procedimiento específico.
El tribunal considera que, de los hechos analizados, "se desprende más bien" que estos tres exaltos cargos contribuyeron "al desmontaje del sistema urdido sobre la base de las transferencias de financiación como método irregular de distribución de las ayudas sociolaborales y a empresas en crisis tan reiteradas", por lo que "no se puede predicar queconcurran indicios sólidos" para mantenerlos como imputados en esta pieza separada.
Todo ello, no obstante, "sin perjuicio de las responsabilidades penales derivadas de los pagos hechos a través de la asunción de compromisos adquiridos con anterioridad al ejercicio de sus funciones en la Consejería de Empleo, que corresponde esclarecer, en su caso, enlos procedimientos concretos que se hayan abierto o abran para indagar cada ayuda en concreto".
"CAÓTICA Y ERRÁTICA" ACTUACIÓN DE GUERRERO
La Audiencia relata que, de lo instruido, "parece que el procedimiento específico se creó en el año 2000 y se mantuvo durante una década sin que por parte de las personas que hayan podido participar en el mismo pusieran freno a 'esta huida hacia delante', consistente en no respetar y/o imponer los mínimos controles que la legislación ofrece para garantizar el correcto uso de los fondos públicos, esencial en un Estado Social de Derecho Democrático, como define la Constitución a España".
Al hilo de ello, señala que, en el año 2008, la "caótica y errática" actuación del exdirector general de Trabajo Francisco Javier Guerrero dio lugar a su cese y al nombramiento de Juan Márquez en abril de ese año, recordando que, según declaró la exasesora de la Dirección del ramo María José Rofa, "se detectó durante el mandato de Márquez que los expedientes de las ayudas reiteradas eran extremadamente irregulares, hasta el punto de que en algunos supuestos se habían concedido sin que mediara petición del beneficiario".
La Audiencia agrega que, en abril de 2010, fue nombrado consejero de Empleo Manuel Recio, Justo Mañas fue designado viceconsejero del ramo, y Daniel Alberto Rivera asumió la Dirección de Trabajo, mientras que Antonio Valverde fue nombrado director general de IDEA en 2009 y se mantuvo en el cargo hasta 2014.
A juicio del tribunal, "durante el mandato" de todos ellos "hubo importantes cambios en la concesión de dichas ayudas, por lo que no se puede predicar sin más que su actuación se limitó a mantener el sistema implantado a partir del año 2000".
MEDIDAS DE CONTROL
De esta forma, "se tomaron las medidas de control de los expedientes de ayudas de la Dirección General de Trabajo, en la Consejería de Empleo desaparecieron las transferencias de financiación como mecanismo deconcesión de dichas ayudas, con independencia del trato que se realizó en la Dirección de Trabajo, camino que culminó" con la Orden de la Consejería de 1 de abril de 2011 y el Decreto 4/2012, resoluciones "que pusieron fin al procedimiento especifico".
Para ponderar si contribuyeron al mantenimiento del procedimiento específico o por el contrario realizaron actuaciones en el marco de su competencia encaminadas a poner fin al mismo, la Audiencia ve "necesario" examinar tanto el Dictamen de la Comisión del Parlamento de Andalucía sobre las ayudas sociolaborales entre los años 2000-2010 como la Resolución de 10 de diciembre de 2012 de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se publica el Informe de fiscalización de las ayudas sociolaborales a trabajadores afectados por ERE y a empresas en crisis otorgadas por la Junta entre 2000-2010.
De este modo, y del Dictamen y resolución citadas, "se infiere que para esclarecer las irregularidades detectadas en la tramitación de ayudas sociolaborales la Consejería de Empleo acordó una actuación de comprobación interna", denominada 'Plan de acción de medidas concretas y de recuperación de pagos indebidos', que se inició mediante acuerdo de Mañas de 17 de noviembre de 2010 y por el que se realizó un procedimiento de información reservada en relación con dichasayudas a favor de Mercasevilla, al que siguieron otros acordados a instancias de Daniel Alberto Rivera.
Según indica la Audiencia, estos procedimientos dieron lugar a 69 informes referidos a 70 empresas, donde se analizaron 322 pólizas que afectaban a 5.982 personas, de las cuales 72 nunca habían trabajado para las empresas beneficiarias de las ayudas y otras 54 no cumplían los requisitos mínimos para ser beneficiarios de dichas ayudas", añadiendo que estas 126 personas "han percibido más de 12 millones de euros, que ya son objeto de reclamación".
De su lado, la Resolución de la Cámara de Cuentas de Andalucía para resumir la actividad de la Consejería de Empleo a partir de 2010 indica que, 'con la determinación activa de Rivera', según los procedimientos llevados a cabo, se han revisado de oficio ayudas por importe de más de 67 millones de euros y se ha suprimido el pago de 15.210.253 euros respecto de beneficiarios de pólizas que se consideró que no eran perceptores regulares de dichas ayudas.
Respecto a Daniel Alberto Rivera, el tribunal incide en los argumentos ofrecidos anteriormente y añade que, si bien "es cierto que en el año 2010 acordó la concesión de ayudas sociolaborales y a empresas en crisis por un importe de unos 36 millones de euros, no lo es menos que tanto en la Consejería de Empleo como en la Dirección General de Trabajo, durante su mandato, se adoptaron medidas tendentes a cambiar el estado de las cosas".
Así, afirma que Rivera "no ordenó ningún pago relativo a una nuevaconcesión de ayudas sociolaborales o a empresas en crisis, limitándose a ordenar pagos aplazados en relación a compromisos adquiridos en etapas anteriores, a no ser las concedidas a Astilleros de Huelva y a Astilleros de Sevilla".