La Audiencia de Sevilla suspende el nuevo juicio de Invercaria por el estado de salud del expresidente Pérez-Sauquillo

Archivo - El expresidentes de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo,  entrando en la Audiencia Provincial
Archivo - El expresidentes de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, entrando en la Audiencia Provincial - Jesús Prieto - Europa Press - Archivo
Publicado: viernes, 22 septiembre 2023 13:43

SEVILLA 22 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha suspendido finalmente el juicio cuyo comienzo tenía fijado para el próximo lunes, sobre otra de las piezas separadas de la macrocausa relativa a las irregularidades de la empresa de capital de riesgo Invercaria, adscrita a la Agencia de Innovación y Desarrollo (IDEA) de la Junta de Andalucía.

Y es que tras pedir la suspensión de la vista la defensa del principal inculpado en esta y el resto de causas, el expresidente de Invercaria Tomás Pérez-Sauquillo, de nuevo a cuenta de su estado de salud, dicha instancia judicial ha emitido una providencia acordando suspender el juicio, según han informado a Europa Press fuentes judiciales, señalando que tampoco hay nueva fecha fijada.

En este caso, el nuevo juicio estaba destinado a abordar los fondos públicos concedidos por Invercaria a la empresa Servivation, afincada en el Parque Tecnológico de Málaga (PTA), con un calendario previsto que se prolongaba al menos hasta el 31 de octubre.

En esta pieza de la macrocausa de Invercaria, la Fiscalía había pedido seis años de cárcel para el exconsejero socialista de Innovación Francisco Vallejo, actualmente en prisión por su condena por malversación en la pieza de la macrocausa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos relativa al mecanismo de financiación autonómica de tales despidos colectivos.

Ello, después de que el pasado mes de mayo, la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla suspendiese finalmente el juicio que tenía previsto iniciar entonces sobre los préstamos participativos concedidos por Invercaria a la empresa de Mancha Real (Jaén) Electronics Devices Manufacture (EDM), por valor de 1,18 millones de euros.

"IMPOSIBLE" ASISTIR AL JUICIO

Más al detalle, al comienzo de la sesión, la defensa de Tomás Pérez-Sauquillo solicitaba la suspensión de la vista, porque a su patrocinado le resultaba "imposible" asistir dado su ingreso en un centro hospitalario por dolencias relacionadas con el corazón y la próstata, por las cuales había sido intervenido quirúrgicamente; aportando además documentación médica en ese sentido.

Ninguna de las partes se opuso a dicha petición, tras lo cual la presidenta del tribunal declaraba la suspensión del juicio, para el cual había programadas numerosas jornadas, "a la vista de la documentación médica que acredita la imposibilidad de asistencia" de este acusado, "por razones evidentes" y cuando "se desconoce cuál será su evolución" sanitaria.

El nuevo señalamiento del juicio, según especificaba la presidenta del tribunal, quedaba así pendiente de la evolución de la "situación médica" de Pérez-Sauquillo.

LA SITUACIÓN DE PÉREZ-SAUQUILLO

Pérez-Sauquillo, recordémoslo, está condenado a tres años y medio de prisión por prevaricación en concurso con malversación por un préstamo arbitrario de 100.000 euros a la empresa Aceitunas Tatis, extremo ratificado por el Supremo; y ha sido condenado además a dos años y tres meses de prisión por los gastos propios de personal de Invercaria, a tres años de cárcel por el préstamo participativo de 300.000 euros concedido a la empresa jiennense Fumapa y a la misma pena por las ayudas por 1,5 millones de euros concedidas por Invercaria a la sociedad Cedes Electria.

Empero, su condena por el préstamo a la empresa Tatis ha sido la primera y de momento única en ser ratificada por el Supremo, extremo ante el cual la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla determinó su "inmediato ingreso voluntario en prisión"; ante lo cual su defensa alegaba la grave enfermedad que padece, lo que a su vez llevaba a la Fiscalía a solicitar un informe médico forense y que los servicios médicos penitenciarios determinasen si el inculpado "puede o no conllevar su enfermedad" en la cárcel, pesando posteriormente su ingreso hospitalario.

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